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Deducción por inversión en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil:

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Deducción por inversión en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil:
Deducción por inversión en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil:
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Deducción por inversión en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil:

Todos aquellos contribuyentes que realicen inversiones en empresas que se encuentren en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil, podrán aplicarse una deducción en su cuota íntegra autonómica por el 20 por 100 de las cantidades invertidas en el ejercicio en la adquisición de acciones correspondientes a procesos de ampliación de capital o de oferta pública de valores, en ambos casos a través del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2005, con un límite máximo de la deducción es de 10.000 euros.

Requisitos:

  • Que las acciones o participaciones adquiridas se mantengan al menos durante dos años..
  • Que la participación en la entidad a la que correspondan las acciones o participaciones no sea superior al 10 por 100 del capital social durante los dos años siguientes a la adquisición de las mismas.

Quería opiniones / resolver unas dudas sobre esta deducción en la declaración de la renta:
¿No son deducibles las compras fuera de procesos de ampliación de capital o OPA? Porque veo que sólo se hacen 2 - 3 operaciones de este tipo de media al año y habría que estar muy pendiente- ¿Cómo se puede uno apuntar a la ampliación de  capital o OPA? ¿Se hace como una compra normal desde cualquier bróker?
Sí la compra se hace desde algún bróker español, entiendo que se informa a Hacienda, ¿Haría falta alguna justificación extra para beneficiarse de la deducción?

En la declaración de la renta sólo existen 2 casillas para informar de esta deducción, ¿esto significa que sólo te puedes deducir 2 empresas cada vez?

¿Cuál es vuestra opinión general de esta deducción? ¿merece la pena? Creo que no es muy conocida/utilizada, no sé dónde leí que sólo se beneficiaban de ella unos pocos cientos de contribuyentes. 
Existe otra deducción equivalente e incompatible con ésta para empresas de reciente creación. ¿Opiniones?

Gracias