Dudas Paralela recibida
Hola a todos, y gracias por leerme.
Quería consultar mi caso, a ver si me podéis aconsejar, ya que soy novato en estas lides.
He recibido una paralela, cuya Motivación dice:
"... se ha procedido a la comprobación de su declaración, habiéndose detectado que en la misma no ha declarado correctamente los conceptos e importes que se destacan con un asterisco en el margen de la liquidación provisional. En concreto:
--Se modifica la base imponible general en el importe de los rendimientos íntegros del trabajo personal no declarados o declarados incorrectamente, determinados según lo dispuesto en los artículos 6.2.a. y del 17 al 19 de la Ley del Impuesto.
Los rendimientos de trabajo correspondientes a X X X, con NIF xxxxxxx, son los siguientes:
1) Rendimiento dinerario percibido de X SL, con NIF xxxxxxxx, por un importe de X euros, con una retención de X euros y unos gastos fiscalmente deducibles de X euros.
2) Rendimiento dinerario percibido de Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), con X, por un importe de X euros, sin retención ni gastos deducibles.
Para justificar los rendimientos obtenidos del Fondo de Garantía Salarial, deberá acreditar el importe y el periodo al que corresponden las cantidades percibidas aportando:- Copia de la demanda presentada donde se reflejen los salarios no cobrados.- Sentencia judicial firme.- Certificado de retenciones del trabajo.- Nóminas especificando las que se cobraron.- Cualquier otro documento que estime conveniente a efectos de prueba. En caso de que las cantidades percibidas en el ejercicio hubiesen sido declaradas en otros ejercicios, deberá justificar tal extremo."
Es un error mío, creo yo. He cometido la torpeza de creer que el ingreso de FOGASA estaba exento, cuando tenía 2 partes: la indemnización por despido, que sí lo estaba (creo), y las nóminas no percibidas, que esas sí que tenía que haberlas declarado, y cuyo importe es el que añade la paralela al salario, que sí había declarado.
A partir de aquí mis dudas:
Si estoy de acuerdo con su paralela, ¿debo hacer algo, o cuando pasen los 10 días se hará definitiva y me llegará otra notificación para que pague?¿Debo proporcionar la documentación que me solicitan? De acarrear una multa, ¿Me llegará como una notificación separada, o ya me lo deberían haber comunicado con la paralela?¿No responder nada aumenta la probabilidad de que me la impongan?
Muchas gracias, y perdón por extenderme tanto.