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¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?

4 respuestas
¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?
¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?
#1

¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?

Buenos días. Os agradecería mucho vuestras respuestas al siguiente caso. En un inmueble no alquilado, a disposición del titular, se produce una rotura de la acometida de agua y una importante fuga. El recibo del agua consiguiente es considerable ¿es posible declarar en IRPF el importe del recibo del agua desperdiciada como pérdida patrimonial o bajo cualquier otro concepto?

Muchas gracias por vuestra ayuda y consejo

#2

Re: ¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?

entiendo que el gasto en agua es un consumo y no puede restarse por ningún lado para una vivienda a disposición del titular.

#3

Re: ¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?

No son pérdidas patrimoniales las derivadas del consumo o normal deterioro de las cosas.

O sea que en principio no es posible.

En este ejemplo, podría llegar a ser cuantificable una pérdida patrimonial si, por ejemplo, la avería fuera debida a una causa dolosa o imprudente de un tercero (un camión que se estrella contra la fachada del edificio, rompiendo la acometida de agua), y tras el procedimiento correspondiente, la indemnización fuese inferior al coste del daño producido.

Pero creo que el caso expuesto no es así, sino un mero descuido de mantenimiento. Similar a si en una vivienda vacía pero con electricidad, te dejas todo el invierno una estufa conectada.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: ¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?

Que yo sepa, bajo ningún concepto

Un saludo

#5

Re: ¿Avería como perdida patrimonial en IRPF?

Muchas gracias a los tres por vuestras respuestas y vuestra amabilidad