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Plusvalía. Fecha de vencimiento.

2 respuestas
Plusvalía. Fecha de vencimiento.
Plusvalía. Fecha de vencimiento.
#1

Plusvalía. Fecha de vencimiento.

Hola,

Mi madre ha vendido con pérdidas unas propiedades que heredó. El ayuntamiento, como es de esperar, quiere cobrar la plusvalía ya que la ley nueva aún no está en firme. Mi madre ya tiene en su poder las cartas de autoliquidación, pero mi duda es que no pone en ninguna de ellas la fecha de vencimiento del pago. Mi madre se lo ha preguntado varias veces a la funcionaria que le ha hecho la gestión y la única respuesta que le ha sacado es de cuanto mas pronto lo pague mejor. Me parece muy raro, ya que en los pagos de impuestos siempre hay una fecha de vencimiento y en este caso no sé qué pensar...

Alguien me podría aportar algo de información al respecto?

Saludos.

#2

Re: Plusvalía. Fecha de vencimiento.

En terminos generales en las ventas, el plazo es de 30 dias habiles desde la venta, pero cada Ayuntamiento puede tener otros plazos voluntarios.

Al pagar le conviene presentar una reclamacion, declarando que en la citada venta no ha tenido plusvalias y si perdidas.

Saludos

#3

Re: Plusvalía. Fecha de vencimiento.

Buenas tardes:

Si las ha vendido con pérdidas no hay plusvalía. STC 59/2017 del Tribunal Constitucional.

La plusvalía municipal no es un impuesto sobre la tenencia, ni tampoco es un impuesto de transmisiones.

La plusvalía municipal es un impuesto sobre un incremento de valor. Si ese incremento no se ha producido no hay plusvalía municipal.

Si el ayuntamento lo trata de cobrar está cometiendo un delito y los responsables pueden salir fuera de la función pública durante 10 años. Art. 404 del Código Penal. 

Saludos.