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Reclamación sanción pagada

8 respuestas
Reclamación sanción pagada
Reclamación sanción pagada
#1

Reclamación sanción pagada

Buenas: En febrero de este año recibí notificación del pago de sanción que fue realizada en plazo. Hoy 1/09 me reclaman de nuevo el pago de la misma sanción por el mismo importe. Debo hacer algo? Me parece extraño que hayan pasado tantos meses y no tengan constancia . Gracias

#2

Re: Reclamación sanción pagada

Lo correcto es contestar adjuntando justificante (fotocopia) del pago realizado y quedándote una copia del escrito debidamente sellada de entrada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Reclamación sanción pagada

Ok gracias , se podria hacer telematicamente la respuesta?

#4

Re: Reclamación sanción pagada

Sí, puedes contestar telemáticando identificando el número Código Seguro de Verificación (CSV) que viene al final de la carta o a pie de página. Tienes que ir a la web de Hacienda, Sede Electrónica, dentro de trámites destacados hay una opción de Contestar requerimientos (no hace falta certificado digital, vale con poner el CSV).

A pesar de haber recibido una sanción del mismo importe asegúrate de que realmente te están reclamando la misma sanción, verifica que el número de referencia/ expediente de las dos cartas es el mismo. Hay muchas sanciones que están penalizadas con el mismo importe ( por ejemplo presentar fuera de plazo) pero se puede referir a ejercicios o impuestos distintos.

#5

Re: Reclamación sanción pagada

No lo sé. No todas las Instituciones tienen esa posibilidad.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Reclamación sanción pagada

Gracias

 

Pues revisando el numero de referencia  y clave de liquidacion , son diferentes,

Ya lo vi inicialmente pero en la segunda recibida me indican que se me notifico el 22-02 y como a traves de comparacencia electronica la recibi el 25-02 pensaba se trataba de la misma, ya que nunca recibi una el 22-02

 

EL concepto de la sancion , que tampoco entiendo fue la primera 2014 No At Req uni decl.(art 203 mod 036 ) y esta segunda indica 2015 No at req uni decl (art 203 mod 036) o sea se indican dos años diferentes lo cual no entiendo. Me la envian como representante legal de una sociedad que dimos de baja en 2008 y asi consta en mis datos fiscales de la aeat. 

La primera la pague pues entendi que fue la presentacion fuera de plazo de un modelo 036 de una sociedad que ya esta extinguida pero no entiendo que el segundo concepto por el mismo modelo 036.

 

Es posible?? y  me pregunto si seguire recibiendo pagando y recibiendo de los ss años, si esta sociedad se dio de baja en 2008? 

 

Gracias por vuestra ayuda

#7

Re: Reclamación sanción pagada

Quizás te requirieron dos veces el mismo 036.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Reclamación sanción pagada

No te especifican más en el cuerpo de la sanción?

De todas formas si te envían la notificación como representante es posible que la entidad a efectos de Hacienda todavía esté "viva" (si estuviera extinguida entiendo que te la mandarían en calidad de "sucesor" no de "representante"). Presentásteis en su día modelo 036 de Baja aportando la Escritura de disolución de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil?

 

#9

Re: Reclamación sanción pagada

Buenas,

Si en

La primera se dirige a la sociedad (sin dirigirse a mí como representante y a mi dirección ) y el concepto 2014 No At Req uni decl.(art 203 mod 036
y esta segunda a mí como representante e indica 2015 No at req uni decl (art 203 mod 036)

Pienso que como se ha dicho serán dos requerimientos diferentes

El tema de la baja lo he comprobado por la sede electrónica e indica que está de baja

Gracias