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Pregunta sobre validez de pago de dietas

2 respuestas
Pregunta sobre validez de pago de dietas
Pregunta sobre validez de pago de dietas
#1

Pregunta sobre validez de pago de dietas

Hola, he estado buscando por el foro pero no he encontrado nada.

En mi empresa ha aparecido un nuevo proyecto que establece que al menos tres dias a la semana durante los próximos tres meses sera necesario ir a las oficinas del cliente a trabajar. Trabajando los otros dos en mi oficina habitual de trabajo. 

El cliente esta en la misma ciudad pero no tiene las facilidades que tengo yo por ejemplo para comer en mi oficina (cocina, microondas...) 

Después de hablar con mi jefe me ha dicho que llamaria a la gestoria para ver si me puede pagar la comida en concepto de Dietas.

Me he leido el convenio colectivo y el estatuto de los trabajadores (Articulo 40.4) y no he encontrado ninguna referencia minima de Km para pagar en este concepto y si que he visto que se puede aplicar una cuantia maxima de 26€ el dia (dentro de España y sin pecnortar fuera)

La pregunta es: ¿Me puede pagar dieta ( +- 20€ aprox para comer) los tres dias a la semana que me toca ir al cliente en lugar de a mi oficina ?

Muchas gracias por anticipado y un saludo. 

#2

Re: Pregunta sobre validez de pago de dietas

No hay cambio de término municipal, así que no corresponde dieta fiscalmente exenta. Se peude compensar por gastos de desplazamiento, a razón de 0,19 €/km. O que la empresa asuma de manera directa el coste de la factura del restaurant.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Pregunta sobre validez de pago de dietas

Deberias indicarnos de que convenio se trata y cuanto tiempo tienes para comer.

Por ejemplo el de oficinas y despachos de valencia dice:

Artículo 48.-Plus de comida.
A partir de la publicación en el BOP, las empresas que tengan establecido un horario habitual de jornada partida, donde la duración del tiempo dedicado a la comida sea igual o inferior a una hora, concederán por día trabajado un plus de comida de 6 euros diarios, o la condición alternativa más beneficiosa en el caso de que existan otras compensaciones (abono, dietas o cheque-comida). 

Artículo 50.- Salidas y Dietas.
Si por necesidades del servicio hubiera de desplazarse algún trabajador de la localidad en la que habitualmente tenga su centro de trabajo, la empresa le abonará además de los gastos de locomoción (ver tabla adjunta), una dieta por día completo sin pernoctar, según tabla adjunta. Cuando el trabajador no pueda regresar a comer a su domicilio por encomendarle la empresa trabajos distintos a los habituales, aún cuando sea dentro de la localidad, tendrá derecho a una media dieta, según tabla adjunta.

Media dieta 9.30€

Dieta completa 20.14€

Kilometro 0.20€