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Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

11 respuestas
Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.
Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.
#1

Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Buenas noches.

Me surgen una serie de dudas al respecto del título del hilo que abro.

Tengo un familiar que trabaja en Justicia en la Comunidad de Madrid. Venía cobrando desde 2007 un complemento del puesto inferior al que le correspondía. El caso es que por sentencia judicial han ganado la reclamación a la CCAA en el año 2015. La CCAA les ha pagado a todos los que habían puesto la reclamación un montante de 2400 euros. Y es aquí donde me viene la duda de como tributar por este importe.

Si la sentencia judicial se retrotrae a debengos nno percibidos desde 2007, ¿habría algún tipo de prescripción de las cantidades satisfechas de esos años?, teniendo que regularizar sólo los cuatro últimos años??.

En el caso de que no exista prescripción, ¿tiene que hacer una complementaria de todos los años desde 2007?

¿Los intereses de demora, como tributarán?¿rendimientos de capital? del trabajo?.

Muchas gracias.

#2

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Se realiza una complementaria del año en que deviene firme la sentencia, por el total recibido, sin perjuicio de poder aplicar la reducción por rendimientos obtenidos en mas de dos años.

Informa


136426-ATRASOS: RENDIMIENTOS TRABAJO PENDIENTES RESOLUCIÓN JUDICIAL

<ul class="AEAT_form"> <li class="ancho_16"><strong>TITULO:</strong></li> <li class="ancho_84">IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014</li> <li class="ancho_16"><strong>CAPITULO:</strong></li> <li class="ancho_84">RENDIMIENTOS DEL TRABAJO</li> <li class="ancho_16"><strong>SUBCAPITULO:</strong></li> <li class="ancho_84">IMPUTACIÓN TEMPORAL. INDIVIDUALIZACIÓN DE RENDIMIENTOS</li> </ul>< h2>Pregunta</h2>< ul>< li><strong><P></P>\r<P>Litigio sobre el derecho a percibir determinadas rentas de \rtrabajo devengados en los años 2004 y 2005. Existe resolución \rjudicial firme en junio de 2006, pero dichas cantidades no se \rperciben hasta octubre de 2007. ¿A qué ejercicio se imputan \rlos rendimientos, y en que forma?</P></strong></li></ul>< h2>Respuesta</h2>< ul>< li><strong><P></P>\r<P>Tratándose de rentas no abonadas por estar pendiente de \rresolución judicial el derecho a su percepción o su cuantía, se \rdeberán imputar exclusivamente al ejercicio 2006 en que la \rresolución judicial adquiere firmeza. </P>\r<P>No obstante, dichas cantidades corresponden a rendimientos \rdel trabajo de 2006 que no se cobran hasta \r2007, pasando a tener la consideración de atrasos, por lo \rque deberán declararse a partir del momento en que se produzca \rel cobro mediante declaración complementaria del \rejercicio 2006 (y no de los ejercicios 2004 y 2005), \ren el plazo que media entre su percepción y la finalización del \rinmediato siguiente plazo de declaración. </P></strong></li></ul>< h2>Normativa/doctrina</h2>< ul>< li><strong>['A','1','400','10'],['Artículo#14#.2.a) y b)#Ley##35#/#2006#, de #28# de #noviembre# de #2006#, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas#. ']</strong></li></ul> Pregunta

Litigio sobre el derecho a percibir determinadas rentas de trabajo devengados en los años 2004 y 2005. Existe resolución judicial firme en junio de 2006, pero dichas cantidades no se perciben hasta octubre de 2007. ¿A qué ejercicio se imputan los rendimientos, y en que forma?

Respuesta

Tratándose de rentas no abonadas por estar pendiente de resolución judicial el derecho a su percepción o su cuantía, se deberán imputar exclusivamente al ejercicio 2006 en que la resolución judicial adquiere firmeza.

No obstante, dichas cantidades corresponden a rendimientos del trabajo de 2006 que no se cobran hasta 2007, pasando a tener la consideración de atrasos, por lo que deberán declararse a partir del momento en que se produzca el cobro mediante declaración complementaria del ejercicio 2006 (y no de los ejercicios 2004 y 2005), en el plazo que media entre su percepción y la finalización del inmediato siguiente plazo de declaración.

Normativa/Doctrina

  • Artículo 14 .2.a) y b) Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 , del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas .

Un saludo

#3

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Sentencia judicial Año sentencia , no sentencia cuando debieron de pagarse . Las costas ganancia patrimonial base general

#4

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Entendido.

¿Esa reducción por rendimientos obtenidos en mas de dos años no es del 40%?

Lo digo, por que le han pagado 2258,25 brutos (338,74 de retención), y en la documentación que tiene, le marca la reducción en 622,37 euros?. Esa cantidad es más o menos un 27 %. ¿hay algo que me pierdo?.

Este importe se declarará como rendimientos del trabajo en la complementaria, o como incremento patrimonial??

 

Gracias

#5

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

¿Costas procesales?

En nuestro caso hay unos intereses por sentencia (entiendo que son de demora). ¿incremento patrimonial?¿rendimiento capital mobiliario?

Gracias

#6

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Ganancia patrimonial

#7

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Es del 30%. No sé de donde viene esa diferencia. Los intereses de demora tributan como incremento de patrimonio según la Consulta Vinculante D.G.T. de 18 de septiembre de 2012 .

 

REDUCCIÓN DEL 30 POR 100 (Art. 18.2 Ley)

Se aplicará una reducción del  30 por 100 a los rendimientos que tengan un período de generación superior a dos años y por los que no se haya aplicado esta reducción en el plazo de los cinco períodos impositivos anteriores, así como aquéllos  calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.

 

Un saludo

#8

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Gracias.

Por lo menos se acerca algo. Llevo todo el día leyendo sobre el tema, y se me había quedado el 40 %. Si es el 30, está mas cerca. Pero si, es extraño la cifra que ponen.

#9

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

muchas gracias 

#10

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Mira a ver si parte de la devolución corresponde al mismo año en que se te reconoce y no se le aplica esa reducción, vamos, es lo que se me ocurre.

Un saludo

#11

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

y ya, si no es mucho abusar. ¿como se presenta una complementaria con renta web?

Antes, con el programa padre, entrabas en la aplicación del año en cuestión, cargabas los nuevos datos, marcabas complementaria, y a correr. Ahora, no veo en la web de hacienda el enlace a otros años. ¿Tengo que cargar otra vez todos los datos?.

#12

Re: Como tributan los atrasos de rendimientos del trabajo ganados por sentencia judicial???.

Que yo sepa, las de años anteriores se siguen haciendo igual que antes, descargando el Padre de ese año y volviendo a cumplimentarla, incluyendo los datos nuevos.

Un saludo