Para renunciar a la Estimacion Objetiva (Modulos) y pasar a la Estimacion Directa Simplificada , lo debes comunicar a la Agencia Tributaria mediante la presentacion del modelo 036 o 037 declaracion censal.
Tienes que presentarlo en el mes de Diciembre del año anterior al inicio del nuevo modelo.
Si presentas en el Primer Trimestre el Modelo 130 de Estimacion Directa , se entiende que renuncias tacitamente al Modelo 131 de Estimacion Objetiva, pero si ya has presentado en el Primer Trimestre el 131 tendras que esperar al ejercicio siguiente. La renuncia tendra efecto para un periodo minimo de TRES años.
Deberias estudiar bien si te interesa el cambio de Modalidad , la Estimacion Directa Simplificada , te obliga a una serie de obligaciones registrales, como el llevar un Libro Registro de Ventas - Compras y Gastos , si tienes que liquidar IVA un libro de IVA y control de Existencias asi como de Inversiones con sus Amortizaciones.
Presentar Trimestralmente : Modelo 130 -IRPF entregas a cuenta - Modelo 115 Retenciones de Alquileres - Modelo 111 Retenciones de Proveedores o empleados - Modelo 303 Liquidaciones del IVA.
Presentar Anualmente los modelos informativos : Modelo 347 Proveedores o clientes con cifras anuales mayor a 3.006 euros - Modelo 180 Resumen anual de retenciones en Alquileres - Modelo Resumen anual de retenciones a Proveedores o Empleados - Modelo 390 Resumen anual del IVA.
Fiscalmente no es muy corriente que los Modulos sean mas perjudiciales que la Estimacion Directa.
Saludos