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Herencia de un piso entre hermanos

17 respuestas
Herencia de un piso entre hermanos
Herencia de un piso entre hermanos
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#16

Re: Herencia de un piso entre hermanos

Buenas tardes:

Te lo explico. Lo he puesto de forma que pareciera un poco de picaresca.

Si fuera picaresca entonces caería casi en ilegalidad. Pero no hay tal.

Los convocados a la herencia son siete.

El bien, en este caso el piso, es indivisible. Por lo que se admite perfectamente que se compense económicamente y no es venta.

Por lo tanto al no ser venta no hay impuesto sobre ese venta.

La división de 45.000,00/7= 6.428,57

Los cuatro que no quieren figurar el piso reciben cada uno 6.428,57 €. No obtienen más de lo que les correspondía. 

Los otros dos, que si quieren seguir con la propiedad, pero que dejan usar plenamente a ese hermano, no reciben compensación.

Nadie recibe más que lo que le corresponde en la herencia, puesto que el que paga a los cuatros, solo recibe 1/7 de la herencia.

No hay venta y no se paga por esa compensación equilibrada.

Hay múltiples sentencias, aquí tienes una página que lo explica.

http://basededatos.indicator.es/transmisiones_patrimoniales/_una_herencia_que_tributa_por_itp_/ESACIMAR_EU101102/related

Puede incluso haber alguna pequeña descompensación.

Todo legal e impuesto CERO (0).

Saludos 

 

#17

Re: Herencia de un piso entre hermanos

Voy a recomendar que la D.G.T. te contrate como letrado asesor del T.E.A.C., y que te pongan como defensor del contribuyente.

He visto pugnas doctrinales entre el notariado y hacienda, al respecto de estas cuestiones. Pero nunca una interpretación tan burda y simplista.

Te recomiendo que te repases el concepto de "oneroso".

(Por cierto, el link es para usuarios registrados)

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#18

Re: Herencia de un piso entre hermanos

Buenas noches:

El resultado del acto de heredar entre los 7, tiene cuota CERO (0) de impuestos, por la disminución de la base imponible de los casi 16.000,00.

El que un hermano se compense a todos para ser único propietario, es posible si lo hace uno a todos.

Eso se desprende de la literalidad de la siguiente página. https://porticolegal.expansion.com/pa_articulo.php?ref=429, espero que esta la veas sin problemas.

Si en vez de compensar a todos, compensa a solo una parte, se aplica la siguiente regla: lo que puede con lo mucho puede con lo poco. Es decir, si puede compensar a 6, podrá compensar a 4.

Si tecleas "una herencia tributa por itp", el primer enlace  que sale es la página que no podías ver. 

Ahí hay un caso, en el que hay una compensación de 20.000,00 que no tributa, pero si compensa con 170.000,00 si tributa porque es una venta clara, ya que hay otro bien a repartir.

En el caso que no ocupa solo hay uno.

Lo que he puesto como picaresca es que se podía hacer. Renuncio de cuatro. Luego compensa a 2.

No hay lucro, aunque hay intercambio. Se trata de un bien. No de dos o varios que se pueden hacer lotes etc. 

Entonces, si uno pone dinero y se queda con más de lo que le corresponde si sería una venta. Pero con uno lo dudo.

Saludos.

 

 

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