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IRPF y vivienda

3 respuestas
IRPF y vivienda
IRPF y vivienda
#1

IRPF y vivienda

Hola,lo primero gracias por este foro que resuelve muchas dudas y por las posible respuestas.

Este es mi problema, me estube desgrabando 2 años de cuenta vivienda y 2 años mas de pagos al promotor por una vivienda que me compré sobre plano. A la hora de escriturar me eche atras por problemas con el promotor, no coincidian los planos con lo que yo me compre, el promotor me devolvio las cantidades que yo le habia ingresado. A los 3 meses me compre otra vivienda, esta ya construida y de segunda mano. Esto fue el año pasado.
Para esta vivienda, antes de escriturar, pagué todo lo que me habian devuelto de la anterior y un poco mas, ya que el banco solo me daba el 80%. Mi paraeja esta en la misma situacion que yo, tambien pago dos años al promotor mas dos años de C.vivieda y tambien metio todo en la nueva vivienda.

Creo qu este años en la declaracion me toca devolver lo que hacienda nos ha estado devolviendo durante estos cuatro años, ya que no me deja reinvertir.

Como puedo calcular lo que le tengo que devolver a hacienda, que intereses me cobrará?

Si no digo nada me pueden sancionar? cuanto seria la sancion?

Siempre nos hemos desgrabado el maximo los dos.

Gracias otra vez.

#2

Re: IRPF y vivienda

Tendréis que devolver las deducciones practicadas, cada uno 1.352,28 euros al año hasta 2006 y 1.352,25 euros al año desde 2007; más los intereses de demora, los últimos son: 2003 5,50%, 2004 4,75%, 2005 y 2006 5,00%, 2007 6,25%, 2008 y 2009 7,00% (este último año fue rebajado a mitad de año creo recordar que al 5,50%). Si empleas el programa PADRE e introduces los datos correctamente, seguro que no te equivocas en los cálculos.

Si no devuelves esas deducciones, sí te pueden sancionar, dependiendo la cuantía de la graduación que le den a la infracción.

Saludos.

#3

Re: IRPF y vivienda

Gracia Rodrigo por tus aportes, siempre de gran solvencia. Quizá me puedas alumbrar en mi desconocimiento: Mis padres van a alquilar su piso, porque se han ido a una residencia. Me parece haber oído en algún sitio que si los inqulinos son de edad menor a 35 años no tendrían que declarar la renta percibida en el IRPF o en su defecto tendrían una desgravación del 100%. ¿Es esto cierto?. Si es así, ¿es válido tanto para inquilinos de nacionalidad española como extranjera?. ¿Qué pasa si los titulares del contrato son varias personas y sólo alguna tiene menos de 35 años?. Alternativamente, ¿influye a efectos del IRPF el que ambos padres sean mayores de 65 años?
Saludos y gracias de nuevo

#4

Re: IRPF y vivienda

Cuando se arrienda un piso como vivienda (literalmente "para satisfacer una necesidad permanente de vivienda") el arrendador debe de practicar una reducción del 50% sobre el rendimiento neto obtenido por el alquiler de esa vivienda, sea este rendimiento positivo o negativo.

En el supuesto de ser el rendimiento neto positivo, de tener el arrendatario una edad entre 18 y 35 años, y de tener éste unos rendimientos anuales netos del trabajo y/o actividades económicas superiores al IPREM, esa reducción del 50% se eleva al 100% (destaco que este incremento no se da sobre rendimientos netos negativos).

Cuando existen varios arrendatarios, el incremento de la reducción al 100% se efectuará proporcionalmente al número de arrendatarios que cumplan las condiciones.

No influye en este punto la edad de los arrendadores. Sí tiene su importancia si hubiese sido su vivienda habitual y la venden.

Por último, más como anécdota, en el anteproyecto de ley de economía sostenible se recoge una rebaja de la edad del arrendatario para poder practicar el incremento de reducción, de 35 años a 30 años, para aquellos contratos que se realicen a partir del 01.01.2011. También recoge este anteproyecto un incremento de la reducción general, del 50% al 60%.

Saludos.