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Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

8 respuestas
Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017
Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017
#1

Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

buenas, estaria interesado en que alguien me aclarase este tema ya que parece que sera complicado, a partir del 1 de enero los bancos sociedades y demas intermediarios deberan retener el 19% en las ventas de derechos de cualquier cliente, mi pregunta es sobre beneficio o sobre el efectivo? pq imaginamenos que no solo vendes los derechos que te provienen de una accion de la cual eres accionista por ejemplo poseo 5000 telefonicas vendo 5000 derechos retencion 19%. Imaginemos que compramos 100.000 derechos de sabadell a 0.021 y vendemos los mismo derechos a 0.021 sin beneficio pero como la ley insta a retener el 19% sobre cualquier venta de derechos nos practicaran una retencion en esa venta sobre el efectivo? es decir 100.000*0.021, si alguien conoce el tema por favor seria de ayuda. gracias

#2

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

La compra-venta de derechos se seguirá considerando una transmisión como cuando compras y vendes acciones, tributara con sus plusvalías/minusvalías por la diferencia entre la venta y la compra, no es un Rendimiento del Capital.

La venta de derechos que provienen de unas acciones, son las que a partir del 01/01/2017 se consideraran siempre Rendimientos del Capital con su correspondiente retención en origen.

Hasta ahora si se venden los derechos generados por unas acciones, el importe cobrado se considera Transmisión Patrimonial que minora el valor de las acciones que generaron los derechos vendidos. Si se adquieren derechos en el mercado y se aplican a la suscripción de acciones, estas acciones suscritas tienen como valor de adquisición el importe pagado por los derechos y la fecha el de la aplicación.

Saludos

#3

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

gracias por contestar lunatico, pero si te fijas la ley no establece una division entre aquellas ventas de derechos provenientes de ser accionista anteriormente via acciones normales o la venta de unos derechos provenientes de una compra de derechos, la ley habla que se retendrá el 100% de la venta de derechos de suscripcion preferente tributará como ganancia patrimonial, sin que sea posible el diferimiento en la tributacion.
por tanto imaginate que tu broker no te retiene con buen criterio una compra venta al mismo precio por no existir beneficio, pero que hacienda si tiene costancia que has hecho una venta de derechos por la cual no se te a retenido el 19%, y me diras bueno ya demostraras que no has obtenido beneficio, pero imaginemos que has hecho un volumen de escandalo es decir un efectivo de venta de 200.000 eur y entiende que se te deberia haber aplicado una retencion del 19% de 200.000 es posible que te lo reclamen, es mas te ejecuten un embargo de la cantidad tal como dice la ley TODAS las ventas de derechos y luego pleitea en los juzgados quien tiene la razon.

gracias de nuevo

#4

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

En mi opinión.

Me da la sensación, que tu broker te va a retener siempre.

No creo que discriminen ventas de derechos de compraventa de adquiridas mediante "scrip dividen" porque pienso que sería complicado y la normativa no regula la diferencia.

De todas formas, lo veremos en breve.

Y espero equivocarme.

Un saludo.

#5

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

Bueno yo ahora estoy haciendo pequeños informes sobre fiscalidad de productos financieros y lo que se está haciendo con la ley es homogeneizar los productos y por otro lado asegurarse el cobro de una manera rápida, Hacienda ya no espera ni a que vendan las acciones ni na, en el momento en que se da transmisión de derechos cobra, es decir que la finalidad recaudatoria está muy clara...además que lo dicen ellos mismos en sus escritos.

El caso que comentas, bueno hipotéticamente podría ocurrir que el broker no se haya enterado de la modificación, pero el asunto está previsto, y está obligado. «En las transmisiones de derechos de suscripción, estarán obligados a retener o ingresar a cuenta por este impuesto, la entidad depositaria y, en su defecto, el intermediario financiero o el fedatario público que haya intervenido en la transmisión» (Añadido al artículo 100.1 LIRPF por la Ley 26/2014, en vigor a partir del  1 de enero de 2017.

Pienso que surgiran nuevas estrategias societarias sobre dividendos. Pero como dice Batiscafo, lo veremos en breve.

Salu

#6

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

Pienso que no solamente es por un motivo recuadatorio.

Hasta 2016, la venta de derechos disminuye el precio de adquisición de las acciones de las que proceden.

Si esta operación se hacía durante varios años, el control para que se aplique bien es casi imposible.

Un saludo.

#7

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

Exacto, batiscafo. Ellos dicen precisamente eso, que la modificación además de producir una recaudación inmediata y sin diferir, se va a obtener un mayor control fiscal sobre las transmisiones. Tiene de bueno para el accionista (a pesar del efecto anticipo) que le facilitará el cálculo del valor de adquisición de acciones cotizadas a efectos del cálculo de ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de futuras transmisiones.

Pero vamos no se, las sociedades van a tener que pensar y ser creativas cuando quieran hacer ampliaciones de capital, porque desde luego los Script Dividens ya no son lo que eran y desde 2017, fiscalmente, menos atractivos que van a ser para los accionistas. :—(

Buen finde

#8

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

Gracias e.delvalle y batiscafo por seguir el hilo, es obvio que el fin es recaudatorio y que no se difiera en el tiempo, pero tambien se crea un grave problema para aquellos que hacemos intradias en derechos dado que la norma una vez mas perjudica o no piensa en aquellos casos en los cuales la venta de unos derechos no son a coste 0, para la agencia tributaria la venta de derechos siempre son aquellos que te han regalado la empresa cotizada que hace un scrip o ampliación, sin contemplar que en algunas ventas derechos el coste no es 0 sino el coste a precio de mercado en las compras o precio de adquision del derecho. y por tanto no siempre que vendes derechos obtienes un beneficio y por tanto al no contemplarlo en la ley existe un problema monumental para clientes inversores y cualquier intermediario que tenga que practicar una retención, e insisto tal como dice la norma que entrará en vigor APLICABLE AL 100% DE LAS VENTAS O TRANSMISIONES DE DERECHOS. saludos

#9

Re: Venta derechos ampliacion (scrip dividend) 2017

Cuestión planteada: 1. Alcance de la obligación de retener y, en particular, si es aplicable a la transmisión de derechos de suscripción previamente adquiridos a terceros.

(...)

Por tanto, la transmisión de derechos de suscripción previamente adquiridos a un tercero no originará la obligación de practicar retención o ingreso a cuenta.

Fuente: Consulta V5378-16

http://petete.minhafp.gob.es/consultas/

Por tanto, me equivoqué (cosa que me alegra) en mi comentario 4.

Un saludo.