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Error con deducción vivienda habitual

7 respuestas
Error con deducción vivienda habitual
Error con deducción vivienda habitual
#1

Error con deducción vivienda habitual

Buenas noches, el 20 de Noviembre de 2015 realicé un cambio de hipoteca a otro banco, para ello se realizó una cancelación de la hipoteca y se formalizó una nueva con el nuevo banco.
Hoy mismo cuando he ido a revisar el borrador, me he dado cuenta que en los datos fiscales de Hacienda solo aparecen los datos del primer banco (entiendo que esto se debe a que el primer recibo del nuevo banco se pasó al cobro el día 1 de Enero 2016 por lo que correspondería al ejercicio de 2016) pero mi sorpresa ha llegado cuando he observado que hacienda da como cancelada totalmente mi hipoteca y en la casilla de deducción por vivienda habitual aparece la suma del total de capital pendiente de amortizar+cuotas e intereses+gastos de financiación.

En su día, antes de realizar el cambio de banco de la hipoteca, me informé a través de foros e incluso llamé al teléfono de hacienda para informarme si una vez cancelada la hipoteca en el primer banco y formalizada con el nuevo banco, podría continuar desgravando mi hipoteca y la respuesta de la funcionaria de Hacienda fue que efectivamente podría hacerlo pero la cantidad a desgravar debería ser siempre igual o inferior a la cantidad pendiente en el momento del cambio de banco.

Alguien sabe que debería hacer llegado a este punto? debería de modificar la casilla de deducción por vivienda habitual y en ella incluir la suma del capital e intereses pagados durante 2015+gastos de constitución de la nueva hipoteca y cancelación de la vieja?

Saludos y gracias anticipadas.

#2

Re: Error con deducción vivienda habitual

Obviamente se trata de un error de Hacienda. Así que debes corregirlo según explicas y además conviene que vayas reuniendo los correspondientes justificantes para el caso, probable, de que te los requieran.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Error con deducción vivienda habitual

Lo que hiciste fue subrogar tu hipoteca con otro banco, no anularla, pero hacienda entiende que la pagaste.
Haz tu declaración como corresponde con la nueva hipoteca pero prepara documentación para justificar dicha situación porque seguro que te llaman.
Otra opción es pedir cita previa y que la hagan ellos directamente y allí llevas toda la documentación para demostrar la subrogación.
Por cierto, todos los gastos de subrogación son desgravables (gestoría, notaria etc)

#4

Re: Error con deducción vivienda habitual

Muchas gracias por vuestras respuestas, modificaré el borrador y tendré preparada toda la documentación para justificarlo. Saludos

#5

Re: Error con deducción vivienda habitual

Buenas noches, revisando la documentación para modificar el borrador, he visto que a pesar de haber firmado la nueva hipoteca el 20-11-2015 en la liquidación de la gestoría donde vienen todas las facturas de los gastos de constitución de la nueva hipoteca, la fecha es del 18-1-2016.
Debería incluir estos gastos en este ejercicio o en el siguiente?
Por otro lado, las comisiones que me cobraron los del primer banco por cancelación de hipoteca también son desgravables?
Saludos

#6

Re: Error con deducción vivienda habitual

Por lo que he estado leyendo, los gastos de cancelación de la primera hipoteca si se podrían desgravar, me queda la duda del tema de las facturas por la fecha en las que se han emitido. Saludos

#7

Re: Error con deducción vivienda habitual

Alguien sabe realmente si las facturas de la liquidación emitidas en el año 2016 a pesar de que ese dinero fue retenido en noviembre de 2015 en la provisión de fondos para la firma de la hipoteca, se puede incluir en los gastos de financiación de vivienda habitual de la renta? Saludos

#8

Re: Error con deducción vivienda habitual

Buenas tardes;

ya se que la consulta que le voy a exponer a continuación no es exactamente el caso que nos ocupa pero nos sirve para hacernos una idea del criterio general de la AEAT al respecto;

136717-PROVISIÓN DE FONDOS: MOMENTO DEDUCCIÓN

Pregunta

Contribuyente adquiere su vivienda habitual mediante escritura pública de fecha 20.12.04. En esa misma fecha hace una provisión de fondos para el pago de gestiones con el Registro de la Propiedad, notaria,... La liquidación de dicha provisión se realiza en fecha 20.3.05.

Imputación temoral de los gastos accesorios a la adquisción a efectos de la deducción por inversión en adquisición de vivienda habitual.

Respuesta

La base de deducción estará constituida por las cantidades satisfechas en cada periodo impositivo para la adquisición de la vivienda habitual, incluyéndose tanto los importes satisfechos al vendedor como los que la adquisición genera (impuestos indirectos, registro, notario, etc.) así como los gastos derivados de su financiación ajena (tasación, constitución de hipotecas, intereses,...).

No obstante, la provisión de fondos efectuada por el contribuyente no tiene por sí misma la consideración de cantidades satisfechas para la adquisición, sino que se trata de una entrega de dinero para que la empresa encargada de las gestiones satisfaga en nombre del cliente determinados gastos, siendo el período impositivo en que éstos se satisfagan cuando procede su consideración a efectos de la deducción por inversión en la adquisición de vivienda.