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Pérdidas más/menos 1 año

5 respuestas
Pérdidas más/menos 1 año
Pérdidas más/menos 1 año
#1

Pérdidas más/menos 1 año

Durante varios años he ido "obteniendo" pérdidas con acciones homógeneas, pero no he podido "imputarlas" en la declaración de I.R.P.F., tanto por la regla de los dos meses, como porque he seguido manteniendo acciones homogéneas en cartera.

Mi duda es: si en el año 2014 me desprendo de todas las acciones homógeneas, las pérdidas de años anteriores que ya si voy a "imputarlas", ¿se considerarían generadas en más ó menos de 1 año?. Creo que es muy importante determinarlo, porque no es lo mismo llevarlas a compensación en la base del ahorro o la general.

Muchas gracias de antemano.

#2

Re: Pérdidas más/menos 1 año

No entiendo que las perdidas "cautivas" por recompra, no se hayan podido aplicar en las sucesivas ventas-recompras.

Las perdidas que no se pueden aplicar por recompra de acciones del mismo titulo (regla de los dos meses anteriores o posteriores), se aplicaran cuando las acciones recompradas sean vendidas y en la misma medida del numero de acciones en liza, no es posible tener un numero de acciones pendientes de aplicar su perdida, mayor que el numero de acciones en cartera.

En cualquier caso, las perdidas generadas antes del 31-12-2012, se aplican en la Base del Ahorro, con independencia de su periodo de generación y se compensaran con ganancias de esta misma Base. Las generadas a partir del 01-01-2013, si son de menos del año, se aplican en la Base General.

Saludos

#3

Re: Pérdidas más/menos 1 año

Gracias, pero a ver si lo entiendo bien, y me voy al ejercicio fiscal 2013. Tengo un caso de ganancias intradia en acciones Banco Santander de 36.000,00 euros, y pérdidas de 5.000,00 moviendo acciones durante todo el año, ¿puedo integrar las pérdidas íntegras y tributar por 31.000,00 euros en la base general¿ ¿Tendría quen ir cotejando saldo acciones para poder imputar la pérdida obtenida?

Muchas gracias, otra vez,

#4

Re: Pérdidas más/menos 1 año

Efectivamente , desde la cartera inicial al 01-01-2013 , debes ir por fechas de venta con perdidas (las ventas con ganancias no cuentan) y fechas de recompra del mismo titulo, para verificar si al no cumplir la norma de los DOS meses anteriores o posteriores a la venta con perdidas, se deben quedar "cautivas" hasta que las recompradas se vendan y por aplicar la perdidas.

Si al final del 2013, hubieras dejado la cartera de SAN a cero y no recompras hasta pasados los DOS meses desde la ultima venta, puedes sin calculo alguno, aplicar todas las plusvalías/minusvalías generadas.

Para operaciones intradía las acciones de contado , no es aconsejable utilizar , tienes los derivados de futuros y opciones que son mas útiles y no tienen esta norma.

Saludos

#5

Re: Pérdidas más/menos 1 año

O.K. Gracias. Voy a enlazar con otro supuesto que viene al caso: si llevo tres años sin imputar pérdida, porque he estado en rotación continua de un valor homógeneo, ahora vendo todas las homogéneas (y no recompro) y me imputo esas pérdidas. ¿me puede decir hacienda que he hecho algo incorrecto?

Muchas gracias

#6

Re: Pérdidas más/menos 1 año

Supongo que aunque no las hayas imputado, si las tienes declaradas y dispones de las copias de la Declaración donde están declaradas.

Aunque deberías haberlas imputado a medida que la recompradas son vendidas, no creo que la AEAT te negara esta operación.

Ya te he comentado que operar en intradía con acciones de contado , tiene el engorro de esta norma antiaplicación que requiere llevar un control algo lioso, para este tipo de operación es aconsejable los Futuros u Opciones que no tienen esta norma.

En otro caso, lo útil es dejar este titulo a CERO al final del ejercicio a declarar y mantener sin comprar este mismo titulo en DOS meses posteriores a la ultima venta, con esto no tienes que calcular nada y puedes declarar todas las plusvalías y minusvalías del ejercicio.

Saludos