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Duda impuesto de sucesiones y donaciones

6 respuestas
Duda impuesto de sucesiones y donaciones
Duda impuesto de sucesiones y donaciones
#1

Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Hola a todos, primeramente quería felicitaros por el foro.

Y ahora mi duda.

Mis padres(casados) tienen dos pisos, uno en la provincia de Vizcaya y otro en la provincia de Burgos y unos ahorros(no muy cuantiosos) en un deposito.
Soy hijo único y que yo sepa no han hecho testemento de ningún tipo.

El tema es que los dos pisos estan SOLO a nombre de mi madre y el deposito a nombre de los dos....ahora mi madre encara una grave enfermedad.

¿Que es lo que tengo que hacer para que tenga que pagar los menos impuestos posibles?

Saludos y gracias por la ayuda.

#2

Re: Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Es importante saber si la residencia ó vivienda habitual es en Vizcaya ó en Burgos, pues en el caso de Vizcaya tendría un tratamiento diferente al de Burgos.

Si las viviendas están a nombre de tu madre, se supone que son BIENES PRIVATIVOS, con lo cual formarán al 100% la herencia, en caso de fallecimiento de ella, a la que habrá que sumar el 50% del importe de los ahorros, que serían BIENES GANANCIALES.

En cualquier caso, en el caso general, la vivienda habitual del causante (el que fallece) suele tener una exención alta, cercana al 100%, aunque suele exigir el mantener la vivienda en propiedad por el heredero durante al menos 10 años.

En tu caso, que no hay testamento, el cónyuge viudo hereda el usufructo de 1/3 de la herencia y el hijo, hereda 2/3 de la herencia y la nuda propiedad de 1/3 de la herencia.

Para pagar los menos impuestos posibles, lo primero que sería interesante, es hacer un testamento, pero en tu caso creo que sería bastante complicado decirle a tu madre que hiciera testamento (solo ella lo puede hacer) estando en la situación que está.

Lo que queda entonces, es esperar si se produce un fatal desenlace como consecuencia de la grave enfermedad, proceder a consultar un notario (suele ser consulta gratuita) para que indique la mejor forma de liquidar la herencia fiscalmente hablando.

Para este caso, entiendo no sería necesario incurrir en mayores gastos con otros asesores en herencias.

Saludos y suerte.

#3

Re: Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Hola "deasturias", muy amable tus palabras,la verdad es que me ha pillado de "sopetón" y estoy bastante perdido. Por suerte nunca he tenido que lidiar con estos temas y tampoco es que haya sido muy proactivo en informarme pensando en que algún día llegaría si o si.

Te doy más detalles;

La residencia habitual de mis padres es Vizcaya.Mi padre ha sido el que ha trabajado(ahora ya jubilado) y mi madre ama de casa.El tema es que mi padre siempre ha dejado el tema de la gestión economica a mi madre, incluso a la hora de escriturar.Por lo que todo esta a nombre de mi madre.

Primero compraron el piso de Vizcaya(fué a escriturar mi madre), después de un tiempo se casaron en la provincia de Burgos(año 64,) y por último ya casados compraron la casa de Burgos(fué a escriturar de nuevo mi madre).

Ayer a última hora encontré un documento de la diputación de vizcaya acerca de este impuesto(2013) y en la pagina 11 se dice(o entiendo) que de padres a hijos no se pagaría nada, es correcto?Adjunto link;

http://web.bizkaia.net/Ogasuna/guregida/dokumentuak/irudiak/CAST_sucesiones%202013.pdf

Y perdona mi ignorancia,

cuando hablas de usufructo y nuda propiedad a que te refieres?
Y con respecto a la consulta a un notario,el primero que encuentre en la "lista telefonica" o tiene que ser de alguna especialidad en concreto?

Saludos y gracias.

#4

Re: Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Como te decía en Vizcaya hay un tratamiento diferente, más favorable en general.

Que haya ido a escriturar tu madre, no quiere decir que esté a nombre solo de ella. Si está casada en régimen de gananciales, cuando compra,si lo hizo ya casada, compra para la sociedad de gananciales. En realidad, es suficiente que realice la gestión uno de los cónyuges, pero siempre compra para esa sociedad de gananciales, no puede comprar para ella sola. Sin embargo, si procediera a vender, entonces tienen que ir al notario los dos cónyuges.

El primer piso si lo compraron siendo solteros, y lo compró ella sola, entonces es un bien privativo, forma parte al 100% de la herencia. El piso de Burgos, como sería gananciales, sería para la herencia el 50%, pues lo primero que hay que hacer, antes de liquidar la herencia, es liquidar la sociedad de gananciales, para entonces saber lo que le pertenece a tu madre, que será la que deje la herencia. Ahí en esa liquidación de gananciales es donde puede interesar, por ejemplo, adjudicar la vivienda habitual a tu madre, ya que esta suele estar prácticamente exenta en la herencia en el caso general, aunque para Vizcaya no hace falta, pues parece que la herencia a cónyuge e hijos está exenta.

El usufructo, significa que quien lo tiene es el que puede usar el bien, si es un piso, lo usa él, si es dinero, cobra los rendimientos. La nuda propiedad sería la propiedad de eso que otro tiene en usufructo. O sea, es propietario, pero no puede disfrutar de ello.

Puedes hacer la consulta a un notario, a cualquiera, a modo de información, que no te cobrará nada. Posiblemente te atenderá un oficial de la notaría que tiene suficientes conocimientos de ésto, y si tiene duda consultará al notario. Lleva las escrituras de los pisos y tranquilidad, tienes seis meses de plazo desde que se produce el fallecimiento, para hacer todo el papeleo.

Un saludo,

#5

Re: Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Gracias "deasturias" por tu tiempo.

Saludos.

#6

Re: Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Hola de nuevo;

Acabo de hablar con el departamento de hacienda y finanzas de la diputacion foral de Vizcaya y me han confirmado que desde Abril del 2012 el impuesto impuesto de sucesiones y donaciones es del 1,5% entre padres e hijos.

La duda que tengo ahora es como se calcula con respecto a una vivienda, hay que tasarla de nuevo?

Saludos.

#7

Re: Duda impuesto de sucesiones y donaciones

Te la tasan ellos, al momento y gratuitamente. Para ello tienes que ir allí con la referencia catastral y tu DNI.