Caso de herencia
Buenos días,
El otro día en clase de fiscalidad se planteó un problema referente a las herencia con el que aún tengo dudas. El caso era una herencia formada por un inmueble, que por testamento va entre la compañera sentimental (libre disposición 1/3) y los descendientes de un matrimonio anterior (2/3).
Por lo visto, tras un largo período de negociación (más de un año desde el fallecimiento), la compañera sentimental decide adquirir los dos tercios del inmueble a los descendientes del fallecido.
Tal y como yo lo veo, los descendientes tendrían que adjudicarse ante notario los dos tercios, pagando su correspondiente ISD y en un segundo lugar vender esa parte a la compradora, no obstante, dado que el ISD tiene un plazo de 6 meses, tengo dudas sobre si habría algún problema con la AT.
¿Se os ocurre algo?