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Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene

3 respuestas
Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene
Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene
#1

Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene

Buenas;
Quería consultaros la siguiente duda;

Estoy desempleado, cobrando la prestacion por desempleo, y acabo de ser padre. El caso es que este año tuve que hacer la declaracion ( el año pasado me quede en paro en Junio, y tuve 2 pagadores), y Hacienda me ha metido un buen palo, porque lo que cobraba de paro, que no es mucho, no lleva retenciones del IRPF (no lo sabia hasta que me he dado cuenta este año.

La cuestion es que acabo de solicitar la prestacion por paternidad (13 dias pagados por la seguridad social), que segun mis cálculos, serán unos 720€ (los 13 dias). Quería saber si el año que viene, de seguir en paro todo lo que resta de este año, estoy obligado a realizar la declaracion dado que se consideran como dos pagadores el SEPE y el INSS. Lo pregunto por ver si me sale rentable dejar las retenciones a 0, o subirlas para pagar algo menos en la declaracion del 2013.

Muchas gracias anticipadas.

#2

Re: Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene

Si no superas los 22.000 euros en total, no tendrás obligación de declarar.

#3

Re: Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Renta_2012/_INFORMACION/Ayuda/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar_.shtml

¿Quién tiene obligación de declarar?

Están obligados a declarar (sea confirmando un borrador o presentando una declaración), todos los contribuyentes, personas físicas residentes en España, excepto los contribuyentes que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:

1.Rendimientos de trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales. Si se perciben rendimientos de más de un pagador, pensiones compensatorias o anualidades por alimentos, rendimientos del trabajo sometidos a un tipo fijo de retención o el pagador no está obligado a retener, el límite estará en 11.200 euros.
2.Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
3.Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Aunque no resulten obligados a declarar, tienen que confirmar borrador o presentar declaración todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución.

#4

Re: Duda sobre obligacion de hacer declaracion año que viene

Aunque se tengan dos pagadores, el límite para la obligación de declarar es de 22.000 euros en el caso de que la suma del segundo y restantes pagadores no supere los 1.500 euros.

Artículo 96 Obligación de declarar.
(...)
3.(...)
a) Cuando procedan de más de un pagador. No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales en los siguientes supuestos:
1.º Si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supera en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Fuente: Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Saludos.