Acceder

Incidencia excesiva de ingreso

3 respuestas
Incidencia excesiva de ingreso
Incidencia excesiva de ingreso
#1

Incidencia excesiva de ingreso

Para la declaración de la renta me salía un tipo impositivo del 23%, sumando estatal y autonómico. Sin embargo, al añadir una renta de 900 euros que había olvidado, la cantidad a devolver me disminuye en 350 euros, o sea, un 39% de esos 900. ¿Es esto posible? Utilizo el programa PADRE y lo he revisado bien...

#2

Re: Incidencia excesiva de ingreso

Es posible si tu base liquidable general supera los 33.007,20 euros. Para el exceso de esa renta tienes que tributar por gravamen estatal el 18,50%, por gravamen complementario el 3% y por el gravamen autonómico (si eres de la Comunidad de Madrid) el 18,30%.

Esos porcentajes los puedes comprobar en el Manual práctico Renta 2012 de la Agencia Tributaria, páginas 427 y siguientes.

Saludos.

#3

Re: Incidencia excesiva de ingreso

Gracias, debe ser eso, que una cosa es el tipo medio y otra cosa es lo que toca pagar por esos 900 a partir de cierta cantidad.

#4

Re: Incidencia excesiva de ingreso

Una cosa es el tipo medio y otra cosa es el tipo marginal (que es el que debes aplicar para ver la diferencia).

Saludos.