Acceder

Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual

4 respuestas
Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual
Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual
#1

Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual

Buenas noches a todos. Os presento mi caso.

Enunciado:
Se trata de una vivienda qua ha sido alquilada a terceros durante varios años y, por supuesto, declarada en anteriores declaraciones como tal, deducuiendo todo lo que es posible deducir en esta situacion(seguro, agua, recogida basura,...).
La susodicha vivienda, tiene una hipoteca, que estamos pagando religiosamnete y fue adquirida en 2008.
Durante 2012 el inquilino la dejo e inmediatamente despues la hemos convertido en vivienda habitual, abandonando un piso en el que viviamos en regimen de alquiler.

Dudas:
1.- Al conertirla en mi vivienda habitual puedo deducir mis pagos hipotecarios (intereses + amortizacion)corresponndientes a los 3 meses que ya la disfruto como vivienda habitual ?

2.- Segun lo que se comenta para años sucesivos, a partir de 2013, podre seguir deduciendola ?

3.- En 2012 me case en reguimen de ganaciales. En que me puede afecta esto a la mencionada deduccion ?

Gracias por vuestras aportaciones.

#2

Re: Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual

Es una vivienda adquirida antes del 31/12/2012, y que constituye vivienda habitual. Puedes deducir por las cantidades pagadas para adquirir (préstamo hipotecario).
Y podrás seguir deduciendo a futuro, condicional a que consolides el caracter de habitual, habitandola al menos tres años seguidos.
Como lo pagado ahora proviene de dinero ganancial, se entiende que esa vivienda (por la parte proporcional que se este cubriendo) es ya ganancial. Lo pagado por el préstamo es deducible al 50 % para cada conyuge.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual

Muchas Gracias Cachilipox.

Perdona que no te haya contestado antes. Pero he estado fuera.
Cuando dices .... "Es una vivienda adquirida antes del 31/12/2012, y que constituye vivienda habitual. Puedes deducir por las cantidades pagadas para adquirir (préstamo hipotecario)."... te refieres a la parte proporcional correpondiente a los tres meses que ya estoy viviendo como vivienda habitual, es asi, no ?.

Muchas gracias de nuevo por tu colaboracion.

#4

Re: Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual

Sí, claro, la parte proporcional.
Si durante 9 meses fue vivienda arrendada, y se pagaba financiación: se pueden deducir intereses.
Si durante 3 meses fue vivienda habitual, y se pagaba financiación: se puede deducir toda la cuota del préstamo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Vivienda arrendada a terceros y después convertida en habitual

Perfecto.
Muchas gracias, te debo una o dos.