Acceder

Duda sobre momento de imputacion de amortizaciones extraordinarias de hipoteca

1 respuesta
Duda sobre momento de imputacion de amortizaciones extraordinarias de hipoteca
Duda sobre momento de imputacion de amortizaciones extraordinarias de hipoteca
#1

Duda sobre momento de imputacion de amortizaciones extraordinarias de hipoteca

Hola,

Soy propietario de una vivienda por la que pago una hipoteca. Esta vivienda ha sido hasa la fecha mi domicilio habitual, pero el próximo 1 de septiembre me mudo a un piso de alquiler y, a su vez, alquilo mi casa a un tercero.
Aquí vienen mis dudas: entiendo que, de cara a la declaración de IRPF que haga el año próximo sobre este ejercicio, las cantidades que he aportado en concepto de pago de hipoteca hasta el momento en que deje de ser mi vivienda habitual tienen derecho a la desgravación correspondiente, y las que haga después ya no, ¿es correcto?
Si, con fecha de efecto anterior al momento del cambio de domicilio, efectúo una amortización parcial anticipada de capital por un importe que agote el límite anual de la cantidad que tiene derecho a desgravación (los 9000 y pico euros), ¿sería igualmente correcto o la forma de imputar temporalmente las aportaciones es otra?

Muchas gracias por vuestra ayuda

#2

Re: Duda sobre momento de imputacion de amortizaciones extraordinarias de hipoteca

Es correcto tu planteamiento. Mientras siga siendo tu vivienda habitual te podrás deducir todas las aportaciones.

Cuando te conviertas en arrendador de la vivienda, te puedes deducir como gasto los intereses (no la amortización de capital) de las cuota de tu préstamos hipotecario.

Saludos.