Con la normativa actual, la cantidad anual máxima por la que te puedes deducir es por 9.040 euros. El porcentaje de deducción es del 15%
Quiere esto decir, que en el caso de que te comprases una vivienda en este año y pagases una entrada de 20.000 euros, no te podrías aplicar sobre esa cantidad el porcentaje del 15% sino solamente sobre 9.040 euros.
Si estás decidida a comprarte vivienda, quizás te interese abrir una cuenta vivienda. La deducción que te aplicarías es también del 15% de las cantidades que ingreses en ella. Si por ejemplo abres la cuenta en diciembre de este año y haces un ingreso de 9.000 euros, en la próxima declaración (la que se presenta en mayo-junio 2013) te podrías deducir el 15%. Puedes seguir ingresando cantidades y deduciéndote durante el plazo de cuatro años desde la apertura. Antes de que acabe el plazo, debes destinar el saldo total de la cuenta a la compra de tu vivienda habitual
Sobre el préstamo de tus padres, te recomiendo el hilo:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/373765-deducciones-prestamo-familiar-interes-0-para-ayuda-compra-primera-vivienda
Otra cosa que hay que tener en cuenta es que se rumorea que van a suprimir la deducción por vivienda habitual. Todo lo que te he comentado es según la normativa actual que puede que se modifique.
Y por último deberías tener en cuenta que la Agencia Tributaria no es que te vaya a pagar 1.356 euros todos los años por comprarte vivienda (15% sobre 9.040), sino que te podrás deducir esa cantidad y te la devolverá si previamente te la ha retenido en nóminas o en intereses bancarios (por ejemplo). Hacienda devuelve como máximo el importe que ya le hayas pagado.
Saludos.