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Deducción por ascendientes

5 respuestas
Deducción por ascendientes
Deducción por ascendientes
#1

Deducción por ascendientes

Mi madre tiene 82 años y un grado de minusvalía del 78%, y el máximo grado de dependencia (reconocido oficialmente)
Sus rentas no exentas son de 5400 €/año.
Soy hijo único. Vivía conmigo, pero hace unos años la tuve que ingresar en un centro geriatrico por su elevada discapacidad.
Ella no presenta declaración

El artículo 59 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del IRPF dice:
"Se considera que conviven con el contribuyente los ascendientes discapacitados que, dependiendo del mismo, sean internados en centros
especializados…"
¿ tengo derecho a incluirla en mi declararación como ascendiente con derecho a deducción?
Yo no me la he deducido en mi decl. de irpf desde que está ingresada porque creía que debía vivir conmigo.
¿tengo derecho a solicitar rectificación de las últimos declaraciones de irpf por ésta causa?

¿que significa exactamente dependiendo del mismo? ¿dependencia económica? Ella tiene además rentas exentas
¿habría que sumar sus rentas exentas y no exentas para saber si puede pagar la residencia con sus propios ingresos, ..o se refiere a tro tipo de dependencia?
En la agencia tributaria (901335533) me dicen que no se refiere a una dependencia económica.
¿y centro especializado? ¿la residencia geriatrica se considera así?
También me dicen que sí en el telefono de consultas de la Ag.Trib.

¿me podríais dar vuestra valoración? Gracias de antemano

#2

Re: Deducción por ascendientes

Bienvenido zarigueia,

Para aplicar el mínimo por ascendientes, éstos han de cumplir los requisitos siguientes(5): • El ascendiente debe tener más de 65 años o discapacidad, cualquiera que sea su edad. • Que conviva con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes discapacitados que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados. • Que no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 €.
Entiendo que sí tienes derecho a la deducción. Para modificar la declaración del ejercicio actual bastaría con presentar la declaración complementaria, mientras que si lo que quieres es reclamar por años anteriores debes presentar una solicitud. Aquí explican cómo: Solicitud de devolución de ingresos indebidos Un saludo
#3

Re: Deducción por ascendientes

Gracias Joan

#4

Re: Deducción por ascendientes

No creo que te pongan pegas para considerar como centro especializado la residencia de tu madre dada la edad y el grado de minusvalía. Sobre el mismo tema trata la consulta: http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?Consulta=diputaci%F3n&Pos=78 Como verás la Agencia Tributaria, no se pilla los dedos y con la frase:

El consultante, deberá poder probar todo ello por cualquiera de los medios admitidos en derecho, según dispone el artículo 115 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria (actualmente artículo 106.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), correspondiendo a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria la valoración de las pruebas.
En definitiva, te pedirían pruebas y los "órganos de gestión" valorarían si son suficientes. En cuanto a los años pasados tienes que hacer una solicitud de Devolución ingresos indebidos. Puedes utilizar un formulario similar a este: http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Modelos_y_formularios/Formularios/Formularios_para_Tramites_ante_la_Agencia_Tributaria/comunica.pdf Saludos.
#5

Re: Deducción por ascendientes

Muchisimas gracias, Empty, por tu respuesta.
Que pases muy buen día.

#6

Re: Deducción por ascendientes

Buenos días zarigueia, consultarte si finalmente te solicitaron medios de prueba para probar la “dependencia” y en caso afirmativo, cuales fueron. Ya que yo tengo la misma duda que tu en si cumplo los requisitos. Muchas gracias de antemano