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Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco

5 respuestas
Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco
Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco
#1

Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco

Hola rankianos,
en mi familia acabamos de recibir una herencia (bueno, mi madre en concreto) de un piso (unos 65 metros útiles, y unos 35-40 años de antigüedad) en la ciudad. Además una pequeña cantidad de dinero. Ahora estamos empezando a mover papeles y todavía no nos dicen cuánto habrá que pagar por la herencia del piso, ya que no había parentesco con esta persona (se trataba de una señora mayor y sin familia, que mi madre estuvo cuidando durante catorce años, los dos últimos prácticamente conviviendo con ella, pues se quedaba a dormir).
Este piso mis padres han pensado que me lo quede yo en usufructo, ya que no tengo vivienda en propiedad, en lugar de alquilarlo, y algo he leído en internet sobre que si el piso a heredar se utiliza como vivienda habitual por el adquiriente o sus descendientes, tiene una reducción del 95% en el impuesto a pagar. ¿Esto es así?
Sé que hay que preguntarlo en la notaría (¿o mejor sería irnos a un abogado antes, por si acaso?) pero si alguien me puede dar alguna orientación os lo agradecería muchísimo.
La Comunidad Autónoma es Andalucía, por si influye en algo.
Gracias.

#3

Re: Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco

Muchas gracias, Empty. No había encontrado yo esta página jeje.

Por lo que he leído después, me parece que esa reducción se aplicaría si tuviéramos parentesco con la persona que deja la herencia, pero no tengo nada claro ; además no creo que en el caso de mi madre vaya a tener reducción alguna, al no ser familiar. La verdad es que estos temas del derecho son complicados... a ver qué nos dice el abogado y pondré por aquí el resultado, por si a alguien le sirve de utilidad o curiosidad.

#4

Re: Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco

Los herederos del Grupo IV , que pertenecen los no familiares , no tienen ningun tipo de reduccion en este impuesto.

La valoracion a efectos triburarios , en funcion de la localizacion de la vivienda y de su valor catastral , lo puedes obtener del enlace siguiente :

http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/consultas/bienesUrbanos/valUrbana.jsp

Sobre este valor hay que aplicar la escala del impuesto y el coeficiente multiplicador que en este caso es "2" .

En en lace siguiente tienes la escala y normas del impuesto en Andalucia

http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/tributos/impuestos/cedidos/anexo650.htm#2012

Se tiene tramitar mediante Notario , no hace falta abogado , el tramite ha de realizarse con la liquidacion del impuesto en los SEIS meses`posteriores al fallecimiento del causante.

Saludos

#5

Re: Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco

Muchas gracias, Lunatico, me ha servido mucho el primer enlace.

#6

Re: Herencia de un piso y posibles reducciones. No parentesco

Las personas en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, y quienes lo realicen, se equiparan a adoptados y adoptantes respectivamente.

Me parece interesante este punto dentro de tu consulta pues en el fondo tu madre estuvo cuidando de ella.

Guía Básica