Enviad la solicitud de levantamiento de la suspensión de pagos
Si mi opinión os sirve de algo, creo que hacer lo que nos sugiere AUSBANC no puede ser perjudicial para los intereses de los depositantes, sino todo lo contrario. Y por lo que parece, el tiempo para pedir la solicitud al Juez se acaba.
Supongo que a Joseangel no le importará que le piratee su escrito, aprobado por AUSBANC, para sugeriros que lo personalicéis y lo enviéis, por correo certificado, al
Juzgado de Primera Instancia nº 73
Gran Vía, Número 52
28071 Madrid
Tlf. 91 454 82 09
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Juzgado nº 73 de Madrid
Eurobank
Sr. Juez:
Soy una de las 1921 personas que depositó más de 20.000 euros en los primeros días de julio de 2003 en Eurobank del Mediterráneo a tres meses.
Por definición, Ud. sabe que un deposito es un contrato seguro entre una entidad bancaria y un cliente. Según me consta así está recogido por ley.
En mi caso fueron 85.000 euros los que deposité en dicha entidad el 7 de Julio a tres meses al 7% anual. Pasado este tiempo, es decir, el siete de octubre debiera de haber recuperado mis 85.000 euros más los intereses correspondientes.
Para mi seguridad, antes de realizar el envío del talón con el dinero y firmar los contratos correspondientes con la entidad, consulté con el Banco de España sobre la entidad. No se me señaló ningún problema.
Luego, el propio Gobernador del Banco de España en su comparecencia ante el Congreso de los Diputados reconoció que Eurobank había recibido 9 amonestaciones y sanciones en los últimos años como resultado de faltas graves o muy graves cometidas por la entidad. En su discurso señalo como en un BOE de 2003 se recogían las sanciones aplicadas tras sentencia firme de un proceso investigador abierto en el año 2000. Nada de esto se me informó, aún cuando la sentencia era firme y el Banco de España está obligado a dar la mayor información sobre las diferentes entidades financieras para proteger los intereses de los usuarios según lo señalo en el folio 16 de su discurso. Fue en el Congreso cuando llegó a comentar que la situación de Eurobank era, en el argot financiero, de huida hacia delante y que había estado funcionando los últimos meses con 12 millones de euros cuando las leyes del estado español no permiten que un banco funcione sin un mínimo de 18 millones de euros.
Tal era la situación de Eurobank y las reiteradas actitudes de Eurobank que el Sr. Jaime Caruana llegó a señalar que al no hacer caso de las observaciones que el Banco de España le realizaba se vio en la obligación de intervenir.
No era la primera vez que ese incumplimiento de las instrucciones del Banco de España se producía; ¿cómo se entienden sino las 9 amonestaciones en los últimos años?
Pero el Banco de España no informó adecuadamente a los posibles depositantes, como era su obligación (así lo reconoció su Gobernador ante la Cámara de los Diputados el 17 de Septiembre en uno de los 17 folios que tenía por extensión su discurso).
Desconozco si Ud. estaba al corriente de estos detalles. Se los hago saber por si tienen alguna utilidad, que seguro que sí, en el proceso que se está produciendo con Eurobank bajo su control.
Si deseo pedirle, ya que según mis informaciones está en sus manos el realizarlo, que exija a la entidad deudora el inmediato levantamiento de la suspensión de pagos en la medida en que todos los indicios indican que hay liquidez, lo que hace innecesario el mantenimiento de la suspensión de pagos por el deudor (Eurobank) ya que ésta con su mantenimiento está lesionando los intereses de los ahorradores depositantes- en beneficio de los accionistas, saltándose el articulo 51.2 de la Constitución donde se señala que debe defenderse con anterioridad los intereses nuestros frente a los de los accionistas, cometiéndose por lo tanto una ilegalidad radical.
El levantamiento de la citada suspensión obligaría a la entidad a hacer frente al pago de la deuda que tiene contraída desde hace varios meses con nuestras familias. Supondría el fin de mas de seis meses de