#1
Falso autónomo
Autónomo
Código y tipo de Actividad: A05 – Profesionales
Grupo: 826 –Personal docente enseñanzas diversas
Código y tipo de Actividad: A05 – Profesionales
Grupo: 826 –Personal docente enseñanzas diversas
Este autónomo desarrolla su actividad telemáticamente desde su propio domicilio y como clientes tiene diferentes personas físicas y algunas personas jurídicas´.
De la Tesorería General de la Seguridad Social recibe el presente oficio
RESOLUCIÓN SOBRE ALTA/BAJA DE OFICIO DE TRABAJADORES A PROPUESTA DE LA
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
NOMBRE Y APELLIDOS: Autónomo
RÉGIMEN: Régimen General
CCC:
De la Tesorería General de la Seguridad Social recibe el presente oficio
RESOLUCIÓN SOBRE ALTA/BAJA DE OFICIO DE TRABAJADORES A PROPUESTA DE LA
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
NOMBRE Y APELLIDOS: Autónomo
RÉGIMEN: Régimen General
CCC:
Esta Tesorería General de la Seguridad social, en uso de las facultades conferidas por los artículos 3 y 4 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (B.O.E. de 27 de febrero), y en base a los siguientes
HECHOS
ÚNICO.- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha propuesto el alta y la baja de oficio respecto de los periodos que se relacionan en el Anexo de la presente resolución, en la empresa y código cuenta de cotización referenciados, al haberse constatado por la ITSS, como consecuencia de las actuaciones comprobatorias efectuadas en dicha empresa, que ha prestado servicios por cuenta ajena para la empresa sin que ésta hubiera solicitado su alta y baja en el Régimen de la Seguridad Social de referencia, habiéndose levantado frente a dicha empresa por estos mismos hechos la correspondiente Acta de Liquidación.
ÚNICO.- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha propuesto el alta y la baja de oficio respecto de los periodos que se relacionan en el Anexo de la presente resolución, en la empresa y código cuenta de cotización referenciados, al haberse constatado por la ITSS, como consecuencia de las actuaciones comprobatorias efectuadas en dicha empresa, que ha prestado servicios por cuenta ajena para la empresa sin que ésta hubiera solicitado su alta y baja en el Régimen de la Seguridad Social de referencia, habiéndose levantado frente a dicha empresa por estos mismos hechos la correspondiente Acta de Liquidación.
PRIMERO.-
SEGUNDO.-
RESUELVE
Tramitar el alta/baja en el Régimen de la Seguridad Social de referencia, en la empresa y respecto de los periodos que se relacionan en el Anexo de la presente resolución.
ANEXO
Tramitar el alta/baja en el Régimen de la Seguridad Social de referencia, en la empresa y respecto de los periodos que se relacionan en el Anexo de la presente resolución.
ANEXO
. EMPRESA F.R.ALTA1 F.E.ALTA2 F.R.BAJA3 F.E.BAJA4
¿¿¿¿ SLU 01-05-2024 04-12-2025 31-12-2024 31-12-2024
¿¿¿¿ SLU 01-01-2025 04-12-2025 30-06-2025 30-06-2025
¿¿¿¿ SLU 01-03-2026 01-03-2026 30-04-2026 30-04-2026
¿¿¿¿ SLU 01-05-2024 04-12-2025 31-12-2024 31-12-2024
¿¿¿¿ SLU 01-01-2025 04-12-2025 30-06-2025 30-06-2025
¿¿¿¿ SLU 01-03-2026 01-03-2026 30-04-2026 30-04-2026
1 Fecha Real del Alta en el Régimen.
2 Fecha de Efectos del Alta en el Régimen.
3 Fecha Real de la Baja en el Régimen.
4 Fecha de Efectos de la Baja en el Régimen.
2 Fecha de Efectos del Alta en el Régimen.
3 Fecha Real de la Baja en el Régimen.
4 Fecha de Efectos de la Baja en el Régimen.
¿Qué interpretáis sobre el particular?
¿Puede un autónomo ser considerado “falso autónomo” en diferentes sociedades?
¿Qué actuación debe de realizar este autónomo frente a este oficio?
¿Repercusión monetaria/fiscal para el autónomo?
Espero vuestros comentarios
¿Puede un autónomo ser considerado “falso autónomo” en diferentes sociedades?
¿Qué actuación debe de realizar este autónomo frente a este oficio?
¿Repercusión monetaria/fiscal para el autónomo?
Espero vuestros comentarios