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Alternativa al RETA
Si una asociación o entidad sin ánimo de lucro (hermandad, cofradía, asociación benéfica, etc) desempeña una actividad mercantil debe darse de alta en la AEAT y puede facturar, contratar personal y actuar como cualquier empresario. De este modo hay una actividad empresarial desarrollada por una entidad sin que haya un autónomo y sin que nadie pague cuota alguna de RETA.
Eso lo tengo claro, pero mi duda va más allá: si esa misma entidad crea una SL o compra las participaciones sociales de una SL y además figura como administradora única de la SL ¿seguiríamos en la misma circunstancia de ahorrarnos el pago de la cuota de autónomo societario?
Eso lo tengo claro, pero mi duda va más allá: si esa misma entidad crea una SL o compra las participaciones sociales de una SL y además figura como administradora única de la SL ¿seguiríamos en la misma circunstancia de ahorrarnos el pago de la cuota de autónomo societario?