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Al acabar subsidio del parp

5 respuestas
Al acabar subsidio del parp
Al acabar subsidio del parp
#1

Al acabar subsidio del parp

Buenos días 
A mi esposa este próximo mes de Octubre se le acaba el paro después de 2 años.
Ese mes cumple 47 años y me pregunta es si tendría derecho algún subsidio a partir de que se le acabe el paro y que pudiera llegar cobrándolo hasta el de mayores de 52 años aunque ahora no le coticen.
Muchas Gracias 
#3

Re: Al acabar subsidio del parp

gracias por responder
No, está casada tenemos una hija de 14 años pero yo tengo ingresos 

#4

Re: Al acabar subsidio del parp

Entiendo que está casada con Vd. y tenéis una hija en común de 14 años,  ¿es correcto?
Si es así,  podría tener derecho al subsidio por desempleo dependiendo de sus ingresos.
En el enlace anterior viene detallado los cálculos que tiene que hacer para saber si cumple con el requisito económico.

Si sus ingresos fueran altos y/o no cumpliera con el requisito económico,  su esposa tendría derecho al subsidio por desempleo para mayores de 45 años sin cargas familiares,   que serían 6 meses,  improrrogables. 

#5

Re: Al acabar subsidio del parp

Sí, estamos casados con hija de 14 años, pero yo tengo ingresos y me planteaba pedirle el subsidio de mayores de 45 años,  pero tenemos ingresos de más del 75% del SMI por rentas inmobiliarias y me planteaba cederle usufructo a mi hija para liberar rentas pero si solo lo puede pedir 6 meses no creo que me compense, eso lo haría igual cuando cumpla los 52 años aunque no sé si al pasar cuatro años seguirá cumpliendo los requisitos para pedirlo.
Muchas gracias 
#6

Re: Al acabar subsidio del parp

Los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años son los que son a fecha de hoy;   hasta dentro de 4 o 5 años no se podrá saber si son los mismos o no.
Lo importante es que mantenga la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo, y cuando llegue la fecha ya se verá. 

Y ese planteamiento de "liberar rentas" para poder acceder al subsidio,  tenga cuidado porque ese movimiento   -vía cesión de usufructo-    lo puede entender  - y lo entenderá-   el SEPE como fraude de Ley (colocarse voluntariamente en situación de necesidad)
Suelen denegar el subsidio por este asunto,  y si lo detectan una vez concedido se lo podrán extinguir y le requerirán que devuelva todo lo percibido. 
Es importante que lo tenga en cuenta.

Saludos.