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Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52

4 respuestas
Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52
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Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52
#1

Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52

Apreciados compañeros, respecto al lo que el SEPE (e insisto el SEPE) considera "rendimientos presuntos" se encuentra el aplicar (por la patilla) el 3,25% sobre el valor catastral de una segunda propiedad (que no residencia) de manera unilateral. En mi caso tengo a mi nombre la mitad de la casa donde vive mi madre y ya no es que no tenga ingresos sino que tengo gastos (por herencia directa de mi padre). Pero resulta que veo, en el colmo del desproposito,  que se me podria aplicar ese 3,25% sobre TODO el valor catastral de la casa y no solo sobre el 50% real que tengo (y por el cual tributo en mi declaracion del IRPF).

Es eso cierto, si soy propietario del 50% de una "segunda" residencia, tengo que aplicar como rendimiento el 100% del valor catastral * 3,25 (% entre 12) ???

Tiene esto algun sentido?

Por otra parte, validar que si se vende esa casa y ese dinero se mete en un banco al 0% de interés , dejaria de constar como un "rendimiento presunto" pasando a ser un rendimiento explícito del 0%.

Muchas Gràcias!!!
#2

Re: Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52

Efectivamente,  tiene que aplicar el rendimiento presunto a ese patrimonio.
(Art.275.4  LGSS)

Si se deposita el dinero de la venta en el banco,  hay que acreditar ante el SEPE el interés efectivo (aunque sea 0%) de ese depósito para que dejen de aplicar el rendimiento presunto.

Y ojo que la operación en sí de la venta de esa vivienda  -si hay plusvalía y se superan los límites-   puede suponer suspensión del subsidio,  de al menos un mes. 



#3

Re: Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52

Por si no quedo claro lo anterior;   solo le aplicarán el rendimiento presunto del valor catastral a su porcentaje de participación en la propiedad. 
#4

Re: Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52

Muchas Gràcias Angelneu, no se donde leí que si el piso (2a residencia)  estaba a nombre de tu mujer y tuyo (no es este el caso ya que yo tengo mi escritura y mi madre la suya por la mitad del piso) se aplicaba el 100% del valor catastral a efectos de computar los ingresos presuntos del inmueble.

Aprovechando tu amable respuesta añadiria otra preguntita respecto a los intereses que da una cuenta conjunta, en este caso con mi mujer, entiendo que al ser cuenta conjunta deberia declarar el 50% de esos intereses brutos prorateados mensualmente, que son los que aparecen en la declaracion de la renta. Es correcto?

Muchas Gràcias!!!
#5

Re: Rendimientos "presuntos" en subsidio mayores 52


Lo de la cuenta corriente,  efectivamente es así;  en este caso al 50% , siempre dependiendo del número de titulares que haya en la cuenta. 

Con lo de la vivienda creo haberlo comentado antes;  se aplica el rendimiento presunto (3,25%)  del total del valor catastral a los porcentajes de su propiedad  -si comparte la titularidad con otra persona, lógicamente le imputarán el 50% de la cantidad resultante-