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Denegación subsidio mayores 52 años

21 respuestas
Denegación subsidio mayores 52 años
Denegación subsidio mayores 52 años
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#1

Denegación subsidio mayores 52 años

Hola, me han denegado el subsidio para mayores de 52 años a pesar de cumplir todos los requisitos, por la siguiente razón:

Mi pregunta es: para acceder de nuevo necesitaría un contrato de 90 días en el régimen general, en caso de tener cargas familiares o de 6 meses si no tienes cargas familiares?, No tengo claro lo de las cargas familiares.
Gracias por todo
#2

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Entonces no cumplía todos los requisitos, no tenía causa de acceso a ningún subsidio ya que la Prestación por cese de actividad no da derecho a subsidios.
Hace años ya que los tribunales se ocuparon de dejar claro que el requisito debe ser igual para todo el mundo, sin que el hecho de tener cargas familiares pueda ser determinante para acceder al subsidio de mayores de 52 años. Por lo tanto con 90 días es suficiente independientemente de tener cargas o no.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Y en el caso de darme de alta como empleada de hogar, con cuántas horas serían necesarias para tener 90 días de cotización? Y , así tendría una vía de acceso al subsidio para mayores de 52 años?
Gracias
#5

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

90 días.
Para el SEPE, día de alta en seguridad social es día cotizado y no existe el subsidio para mayores de 52 años a tiempo parcial (salvo compatibilidades), por lo que con 90 días cotizados a desempleo, sea el porcentaje de contrato que sea, se tiene acceso al subsidio en las mismas condiciones que si se trabaja jornada completa.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Muchísimas gracias
#7

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Buenos días, soy socia de una C.B., dónde me reporta unos ingresos de 359 euros mensuales, me pueden denegar el subsidio mayores 52 años por formar parte de una Comunidad de bienes?
#8

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Si, porque tiene una actividad económica.
Pero no por el simple hecho de tener la comunidad de bienes, debe estar en activo, darle unos beneficios que sean bastante notorios o tener capacidad de decisión dentro de la comunidad.
Tener que mover papeles lo tiene garantizado, problemas casi seguro, pero no tiene porqué acabar en una denegación. Pero ese mismo problema lo tendría que tener con cualquier otra prestación del SEPE.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Es una CB de 2 personas, tenemos solo un inmueble que está alquilado, y el único ingreso de la CB es el alquiler de este inmueble.
#10

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Tendrá que demostrar esta información con documentación y si su parte del alquiler no supera 810€ mensuales (sumados a otras posibles rentas que pueda tener) no creo que suponga un problema, dado que además no se trata de una "actividad" económica.
Pero nunca se sabe y es que las leyes son muy ambiguas cuando establecen la incompatibilidad con todo trabajo por cuenta propia.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#11

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Muchas gracias por todo
#12

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Hola. Si cobro el subsidio de mayores de 52 años ....y recibo una herencia en este caso un tercio de un piso ...valorado en 200000 euros pierdo el subsidio ? 
#13

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

No, ni siquiera se suspendería por heredar una propiedad inmobiliaria.
En el momento de la herencia sólo le mirarán lo heredado en dinero. Si sólo hereda la propiedad no habrá suspensión ninguna.
A partir de ese momento tendrá una renta presunta del 3,25% anual de su tercio de 200.000 euros lo que, en sí mismo no será suficiente para llegar a los 810 euros, aunque debe vigilar en caso de tener otras rentas.
En el momento en que venda esa propiedad, sí que debe declararlo y se le suspenderá el subsidio un mes.

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#14

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Y una vez transcurrido el mes se reanuda el subsidio automáticamente o tengo que volver a solicitarlo ? En el caso de ser dinero, o bienes inmuebles , supongo que lo tendré que declarar en el momento de tomar posesión del testamento. Gracias 
#15

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Le suspenderán un mes desde la adjudicación de herencia. Si lo comunica en ese mismo momento, deberá volver cuando termine el mes, a solicitar la reanudación. No es una sanción sino una suspensión mientras tenga ingresos y, teóricamente, debería demostrar que desaparecieron los ingresos, sea al mes siguiente o tres meses después.
Ahora bien, si hace la comunicación una vez pasado el mes desde la aceptación de herencia, el SEPE debería hacer ambas cosas al mismo tiempo sin que tuviera que volver una segunda vez.
Pero, como en otras cosas, hay oficinas que no acatan las propias instrucciones del SEPE y le obligan a comunicarlo durante el mes siguiente a la aceptación de herencia.

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