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Denegado el subsidio para mayores 52 años

93 respuestas
Denegado el subsidio para mayores 52 años
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Denegado el subsidio para mayores 52 años
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#91

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Gracias de nuevo.La cosa es con la demanda puesta y los plazos de murcia según me dijo la abogada le están poniendo fechas de 2025.So ganará entiendo que me tendrían que pagar desde la solicitud y no quiero arriesgarme a que después no me paguen desde julio hasta que pongan la sentencia así que igual busco alguna formula para no renunciar a ninguna de las 2 cosas
#92

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Si gana una demanda contra una denegación, le tendrán que dar el subsidio desde la solicitud inicial, aunque es cierto que después podrían suspendérselo cuando entra en el consejo de administración y se enteraría sólo en el momento en que se haga, después de la sentencia.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#93

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Gracias de nuevo.Ya aunque se que no pero por preguntar como tu sabes o al menos creo que lo he dicho en este foro yo he pedido tres veces el subsidio y las tres veces me lo denegaron esto lo ha puesto la abogada en la demanda pero la pregunta podria ser que si ganara la demanda el juez cojiera la primera fecha ya que han sido consecutivas y por el mismo motivo o esto que digo es un disparate.Un saludo
#94

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Jueces hay de muchos tipos y con opiniones y conocimientos muy diversos. 
En principio sólo debería reconocerlo desde que se solicitó el subsidio cuya denegación ha sido impugnada, pero si se reclama en la demanda que se reconozca desde la primera solicitud denegada ¿quién sabe lo que va a decir el señor juez?

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#95

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Siempre me cuesta encontrar este precepto y eso que está en la propia Ley de la Seguridad Social.
Dice el artículo 305 de la LGSS: "Estarán obligatoriamente incluidas en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia.... se declaran expresamente comprendidos en este régimen especial:
b) Quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero.... siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella...."

No conozco ninguna otra regulación o criterio del SEPE que se meta en estos asuntos.
Este precepto tan ambiguo es el que tiene que usar el SEPE para saber si se puede compatibilizar esta situación (quien esté en el campo de aplicación del régimen de trabajadores por cuanta propia no puede compatibilizar con una prestación del SEPE, salvo lo específicamente regulado para la Prestación Contributiva y el alta en autónomos durante 270 días) y la Seguridad Social para saber si un trabajador se debe encuadrar en el régimen de trabajadores por cuenta propia.
A partir de aquí puede haber múltiples interpretaciones y a la misma situación le pueden corresponder dos resultados diferentes según quien lo tramite o resuelva.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#96

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Gracias de nuevo.Lo del consejo lo he resuelto pues al final se lo explique a mi amigo y va a poner a mi mujer .De todas formas una vez haya sentencia sino os importa pondre aki como me ha ido en el juzgado.Un saludo