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Denegado el subsidio para mayores 52 años

99 respuestas
Denegado el subsidio para mayores 52 años
Denegado el subsidio para mayores 52 años
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#91

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Gracias de nuevo.La cosa es con la demanda puesta y los plazos de murcia según me dijo la abogada le están poniendo fechas de 2025.So ganará entiendo que me tendrían que pagar desde la solicitud y no quiero arriesgarme a que después no me paguen desde julio hasta que pongan la sentencia así que igual busco alguna formula para no renunciar a ninguna de las 2 cosas
#92

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Si gana una demanda contra una denegación, le tendrán que dar el subsidio desde la solicitud inicial, aunque es cierto que después podrían suspendérselo cuando entra en el consejo de administración y se enteraría sólo en el momento en que se haga, después de la sentencia.
#93

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Gracias de nuevo.Ya aunque se que no pero por preguntar como tu sabes o al menos creo que lo he dicho en este foro yo he pedido tres veces el subsidio y las tres veces me lo denegaron esto lo ha puesto la abogada en la demanda pero la pregunta podria ser que si ganara la demanda el juez cojiera la primera fecha ya que han sido consecutivas y por el mismo motivo o esto que digo es un disparate.Un saludo
#94

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Jueces hay de muchos tipos y con opiniones y conocimientos muy diversos. 
En principio sólo debería reconocerlo desde que se solicitó el subsidio cuya denegación ha sido impugnada, pero si se reclama en la demanda que se reconozca desde la primera solicitud denegada ¿quién sabe lo que va a decir el señor juez?
#95

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Siempre me cuesta encontrar este precepto y eso que está en la propia Ley de la Seguridad Social.
Dice el artículo 305 de la LGSS: "Estarán obligatoriamente incluidas en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia.... se declaran expresamente comprendidos en este régimen especial:
b) Quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero.... siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella...."

No conozco ninguna otra regulación o criterio del SEPE que se meta en estos asuntos.
Este precepto tan ambiguo es el que tiene que usar el SEPE para saber si se puede compatibilizar esta situación (quien esté en el campo de aplicación del régimen de trabajadores por cuanta propia no puede compatibilizar con una prestación del SEPE, salvo lo específicamente regulado para la Prestación Contributiva y el alta en autónomos durante 270 días) y la Seguridad Social para saber si un trabajador se debe encuadrar en el régimen de trabajadores por cuenta propia.
A partir de aquí puede haber múltiples interpretaciones y a la misma situación le pueden corresponder dos resultados diferentes según quien lo tramite o resuelva.
#96

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Gracias de nuevo.Lo del consejo lo he resuelto pues al final se lo explique a mi amigo y va a poner a mi mujer .De todas formas una vez haya sentencia sino os importa pondre aki como me ha ido en el juzgado.Un saludo
#97

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Al final me han puesto el juicio para enero de 2026 que disparate.Un saludo
#98

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Hola buenas tardes a todos te cito a ti franjgr pues me contestastes muchas veces pero va para todos agradeceros la ayuda que me prestasteis .Mi juicio esta fijado en unos dias o sea el  me ha llamado mi abogada esta mañana que la abogada del estado la ha llamado para decirle que no hace falta ir a juicio pues me reconocen el subsidio desde la ultima solicitud  asi que entiendo que una vez se ha puesto a mirar la documentacion para el juicio del martes a visto que tenia razon .Entiendo que le ha llegado el tema para defenderlo el martes y al ver la documentacion ha visto que lo tenian perdido ya tengo la revocacion de la reclamacion y me lo reconocen desde la ultima solicitud me pagaran todo lo anterior el tema como casi todos me dijisteis estaba en el acceso a el subsidio que el tecnico que me lo rechazo entendia que la extincion por rentas del subsidio para mayores de 45 años cortaba el acceso pero como ya discutimos aqui estaban equivocados pues el acceso me lo daba el final de prestacion por desempleo la espera de una mes y el sellado inintenrumpido desde entonces.Ahora tengo una duda pues tendre este año que presentar la declaracion de rentas pero como dice la norma hay que presentarla a los doce meses despues de la fecha de cpmienzo de mi subsidio de 52 años pero claro cuando nace ahora ?entiendo que debo presentarla apartir de el dia que me reconocen de hace dos años .Como he dicho muchisimas gracias a todos me habeis sido de gran ayuda y aparte de lo mio si ha quedado para que alguien en mis mismas condicones se puede beneficiar de lo escrito por todos pr mucho mejos.
#99

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

La norma sobre el DAR no dice nada sobre su caso en concreto,  que es muy especial. 

Lo cierto es que ahora le van a abonar el subsidio con carácter retroactivo con fecha de más de un año.
Lo mismo el SEPE le pide que haga algún tipo declaración por el que todos estos meses que le van a pagar con retroactividad, declare que sus rentas no han variado o no han superado los limites.
Debería tenerlo en cuenta,   y comunicar si sus rentas variaron en algún mes del pasado. 
Espérese a que reciba la resolución de la concesión.


#100

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

El SEPE debería hacer esa comprobación de oficio al reconocer el subsidio y solo pedir la declaración en caso de alguna duda. Pero si lo piden se hace y listo.
La DAR debería hacerse en el aniversario de su concesión, en este caso en el tercer aniversario.
Esto dicho con las reservas propias de que no hay nada escrito para su caso concreto, como bien dice Angelneu
#101

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Deberían de hacerla de oficio;  deberían.
Pero aún así,
  “prohibere melius quam corrigere”
#102

Re: Denegado el subsidio para mayores 52 años

Muchas gracias a los dos por vuestras respuestas.Si es un tema raro el mio el problema como de las denegaciones estaba en el abcceso.Yo tengo la revocacion y un pantallazo que la abogada le mando a la mia con lo que me van a pagar a principos de febrero entiendo que las declaraciones las miraran ellos pero vamos yo no hice declaracion de la renta en esos años pues no tenia porque hacerla yo mi duda es si como dice la norma hay que hacer rellenar la declaracion de rentas del sepe 15 despues de la fecha en que se me concede el subsidio si para este año 2026 entiendo que tendria que presentarla en julio de 2026 que es cuando se me reconoce el subsidio pero de 2023.Y de nuevo muchas gracias