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Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

113 respuestas
Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total
10 suscriptores
Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total
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#31

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Perdón ronilo me equivoqué al responderte , quería decir( base de cotizaciones )no base reguladora, de tus bases de cotización  el INSS sacá la base reguladora aplicando la fórmula que te explique .
1-suman todas tus bases de cotización de los últimos 8 años desde que dejaste de cotizar.
Ejemplo Base de cotización de 2000x96=192000 eur
2-El resultado de esa suma la dividen por 112+- (ejemplo 192000÷112=1714 esta es  tu base reguladora .
Puede subirte un poco más por qué a  los 6 primeros años  de los 8 años  que coge el INSS te aplican un incremento a tu base de cotización de 1,04+- los2 últimos años no le aplican nada.
3-Ahora viene lo que nos quedaría de pensión si tenemos menos de 55 años, la fórmula es muy sencilla no nos comamos la cabeza son matemáticas 1714x55=942,857÷100=942,85eur está sería la pensión que cobrarias teniendo menos de 55 años.
4- Se hacerca la fecha de cumplir los 55 años y queremos saber cuánto me subirá la pensión con el incremento del 20%   que 
#32

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

es el 75%  , la misma fórmula, al tener una incapacidad permanente total no cotizamos por lo tanto el INSS se remite a tu base de cotización cuando te concedió la ipt 1714x75=128,550÷100=1285,50 eur esto es lo que cobraras de pensión cuando cumplas 55años.
#33

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Hola! Soy nuevo en esta parte del foro,hace unos días me dieron una total y ya pedí la cualificada por qué tengo 55 años,la pedí por internet, alguien sabe lo que tarda y y te lo pone en gestión de tu seguridad social para saber si está en curso?
Y con el tema de la base reguladora,
El cálculo lo hacen sobre la base reguladora y no con lo que me dieron del 55%,y a más el 8,5 de subida de este año, Gracias y saludos.
#34

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Se supone que todos los que estáis calculando lo del 20% tenéis cotizados 35 años, porque si no, os habéis olvidado de aplicar el porcentaje por años cotizados mas los que quedan hasta la jubilación, según la información de la pagina de la SS para sacar la base reguladora:
Si la incapacidad deriva de enfermedad común:

  • Trabajador mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:

    1. Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
      • Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
      • Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
    2. Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
    3. El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.

  • En mi caso con 20 años cotizados más los 7 que me quedan para la edad de jubilación por poner un ejemplo, seria así:

  • Bases cotización de 96 meses= 130.537/112=1.165
  • 1.165 X 78,91% (Porcentaje por 27 años de trabajo)= (919,30 Base Reguladora)
  • 919,30 X 75%=689,48 esto seria la pensión a cobrar, aparte se sumaria lo de la brecha  de genero y demás subidas 
#35

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Buenos días,yo tengo 33 cotizados, pero para que te den la cualificada no hace falta tener 35  cotizados,por lo menos eso creo.
#36

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

es que no tienen en cuenta nada mas que los ultimos 8 años cotizados si tienes mas de 52 años y a menos edad te cogen menos años de cotizacion pero eso de los 33  o 35 años no existe,no confundais al personal
#37

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

no se de donde sacas esto pero no es asi en absoluto
#38

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Eso tengo entendido yo ... gracias..
Aunque ya me informaron por otro lado y tardan 6 meses en llegar..un escándalo esto..
#39

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Lo saco de la pagina oficial de la seguridad social, y ese es el calculo que hay que hacer para sacar la base reguladora para una IPT por enfermedad común. 

 ESCALA DE PORCENTAJES POR AÑOS COTIZADOS
Años de cotización Porcentaje de la base reguladora
A los 15 años50%
A los 16 años53%
A los 17 años56%
A los 18 años59%
A los 19 años62%
A los 20 años65%
A los 21 años68%
A los 22 años71%
A los 23 años74%
A los 24 años77%
A los 25 años80%
A los 26 años82%
A los 27 años84%
A los 28 años86%
A los 29 años88%
A los 30 años90%
A los 31 años92%
A los 32 años94%
A los 33 años96%
A los 34 años98%
A los 35 años100% 
Despues de estas operaciones se obtiene la base reguladora a la que se le aplica el 55%
o 75% según corresponda
#40

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

No, para obtener ese 20% más que dan en la cualificada da igual los años que se hayan cotizado, pero para calcular la base reguladora si es como yo lo he explicado, se puede ver en la pagina oficial de la seguridad social y quien tenga abogado lo puede confirmar tambien
#41

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

La base reguladora ya la dan cuando te dan una pensión y la misma para todas.. Gracias.
#42

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Si, lo se, pero como veo que había dudas sobre donde se aplica la cualificada, es para informar que se aplica sobre la base reguladora y que le sirva también a quien no sabe sacar dicha base reguladora por enfermedad común.
Las IPT por accidente o enfermedad profesional se calculan de otra forma diferente
#43

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Muy bien!? Gracias, ahora a esperar unos 6 meses para que llegue..😬
#44

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

Esto es para calcular la base de una jubilación,no para una incapacidad que es totalmente diferente

#45

Re: Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total

No es por llevarte la contraria.. si no para no desinformar a nadie, esta tabla de jubilación es la que se utiliza también para calcular la base reguladora de la IPT por enfermedad común, mira el punto 2 de esto, no lo invento, esta en la del pagina oficial de la S.S.
Es obvio que para calcular la base reguladora de cada persona tienen que tener en cuenta los años cotizados, no es lo mismo tener cotizados 15, que 27 o que 35
Al principio a mí me pasaba como a tí hasta que me lo explicaron en la S:S:

Si la incapacidad deriva de enfermedad común:

  • Trabajador mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:

    1. Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
      • Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
      • Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
    2. Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
    3. El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.

  • En mi caso con 20 años cotizados más los 7 que me quedan para la edad de jubilación por poner un ejemplo, seria así:

  • Bases cotización de 96 meses= 130.537/112=1.165
  • 1.165 X84% (Porcentaje por 27 años de trabajo)= (978,60 Base Reguladora)
  • 978,60 X 75%(cualificada)=733,95 esto seria la pensión a cobrar, aparte se sumaria lo de la brecha  de genero y demás subidas de este año y actualizaciones del IPC