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Denegación subsidio mayores 52 años

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Denegación subsidio mayores 52 años
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Denegación subsidio mayores 52 años
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#16

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Si reclamais,esto es parte de la sentencia del Supremo,buscadla,aqui dice que la Rai debe considerarse del mismo modo que otras prestaciones o subsidios.Es decir es una via de acceso ..el sepe puede cantar por bulerias,llevadlo los que tengais derecho al juzgado,en principio no hace falta ni abogado pero mejor si podeis acompañaros de uno ,laboralista,o pedir incluso en el juzgado uno de turno de oficio.Primero,eso si es necesario ,hacer una reclamación previa
#17

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Vamos a ver.
La sentencia puede ser de la fecha que sea (creo recordar que la que creo jurisprudencia es de 2019, aunque luego hubo otras posteriores) pero actúan sobre solicitudes de subsidio anteriores a marzo de 2019 y para el subsidio de mayores de 55 (fíjese que el texto que ha puesto habla en todo momento de mayores de 55).
Ese subsidio desapareció, se creo otro que es para mayores de 52 años con otros requisitos diferentes. Y el SEPE considera que la sentencia no se puede aplicar al nuevo porque permanecer apuntado como demandante de empleo ya es una causa de acceso en si misma.
El tribunal Supremo no ha creado jurisprudencia sobre este nuevo subsidio aún.
Yo no recomendaría a nadie que fuera al juzgado sin abogado a reclamar contra la denegación del mayores de 52 por esta causa porque lo pierde seguro. A di de hoy hay que batallarlo y unos lo ganan y otros lo pierden.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#18

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Hola,creo que me he debido expresar mal.Yo no digo que vayan a un juicio sin abogado,sino que no es necesario abogado para presentar demanda(ya que se puede pedir directamente en el juzgado  solicitud de abogado del turno de oficio ) quien no pueda contratar a un abogado laboralista.
Respecto a lo que dices sobre la sentencia difiero.Las interpretaciones de la ley son  justo lo que hacen que se dicten sentencias contradictorias dependiendo de los jueces .
SI te fijas bien en la sentencia,posterior al 2019,el TS  pone entre parentesis 52 al decir mayores de 55.."

Si ves,es del 27 de marzo del 2019 y la sentencia unificadora de doctrina es del 2021
De todas maneras si es verdad que el Sepe esta haciendo caso omiso pero como siempre.Que yo sepa lo estan denegando por lo que tu dices y ya hay casos en juzgados e incluso algunos juzgados le estan dando razon al sdpe,nada nuevo bajo el sol.estan en recurso y siguen
Mismamente yo si no es positiva mi reclamacion previa iré a juicio y si es necesario iré hasta el Supremo.Y si pierdo estaŕé igual pero si gano tendrán que pagarme retroactivamente asi que por eso animo a quienes crean tener derecho que reclamen y no se achanten.
Puedes ver sentencias en Iberley y Vlex. Se me olvido decir que yo he hecho la reclamacion sola porque estoy estudiando Derecho y ya me queda nada.. Un saludo y ya os contare como va la cosa por si sirve de ayuda.


#19

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

La sentencia es para el caso de una denegación del subsidio para mayores de 55 años, que sea posterior a marzo del 19 o que la sentencia hablé de 52/55 no obliga al SEPE porque se refiere a una normativa anterior a esa fecha.
A día de hoy el SEPE entiende que está sentencia no es aplicable al subsidio para mayores de 52 años porque la causa de acceso es otra (permanecer inscrito).
Que una sentencia para una normativa se extienda a la siguiente lo tendrá que decir el tribunal Supremo y aún no se pronunció.
Me parece muy bien quien quiera usar la RAI como causa de acceso al subsidio, pero que sepa que lo tiene que pelear en los tribunales y que puede perder.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#20

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Buenas tardes:
Perdón por la intromisión a la interesante conversación. Pero por aclarar, estamos hablando de que una via de acceso sería la RAI, pero teniendo siempre en un caso o en otro 15 años cotizados no? ¿O es que se podría solicitar también si te falta este requisito.?
Me explico mi mujer sólo tiene 9 años cotizados, se le concedió la primera RAI en diciembre de 2020, en marzo de 2024 pediremos la segunda RAI fecha en que nuestro hijo cumplirá 26 años y actualmente nos pasamos de ingresos y no nos la concederán, y está inscrita en desempleo y sellando desde diciembre 2019.
¿Habría alguna posibilidad para ella entonces con esta sentencia? ¿Hay que esperar a que se cree jurisprudencia?¿O es que si no tienes nunca los 15 años nunca podrás solicitar subsidio + 52.?
Gracias por la aclaración.
#21

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Uno de los requisitos principales de este subsidio es:
 

15 años.
Si no se llega a los 15 años,  nunca (con esta legislación) ,   tampoco podrás acceder a una pensión contributiva por jubilación. 
No hay dudas en esto.
#23

Re: Denegación subsidio mayores 52 años

Buenas,os sigo contando por si os sirve a alguno.ya tengo abogado,primero lo consulté con un profe mio y me recomendo que fuese con abogado y que ademas fuese especialista en administraciones públicas,es decir,  sepe,inss...ya lo ha estado estudiando y ponemos la demanda la próxima semana.Ya contamos con que lo van a recurrir todo,eso me ha dicho, pero nosotros tambien asi que ya os iré contando,aunque pierda lo pondré por aquí ,pero intentaremos llevarlo hasta el Supremo si es necesario, a ver que pasa.Perdido ya está sino se hace nada asi que si se quiere peces ya lo dice el refrán😁