Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Subsidio Mayores 52 años. Devolución de Hacienda y venta de piso

1 respuesta
Subsidio Mayores 52 años. Devolución de Hacienda y venta de piso
Subsidio Mayores 52 años. Devolución de Hacienda y venta de piso
#1

Subsidio Mayores 52 años. Devolución de Hacienda y venta de piso

Hola. Ante todo muchas gracias por vuestra lectura y ayuda. Tengo 3 dudas.
           1ª duda. Tengo aprobado el subsidio desde Marzo de 2019. Me enviaron una carta en Marzo 2020 para autorizar via web el acceso del SEPE a ver mi Declaración de la Renta 2020 y presentación en la oficina de registro via web. La acepté. En la declaración de la Renta que hice en Junio de 2020, Hacienda me devolvió 1000€ por el mes de Junio porque mi mujer tiene una discapacidad mayor del 83%. ¿Tengo que informar al SEPE de esa devolución o como ya autorizé que ellos vean mi Declaración de la Renta no hace falta? 
           2ª duda. Tengo la intención de vender un piso, un garaje que no es mi vivienda habitual. Cuando lo comunique al SEPE esa venta. ¿Me cortan el subsidio indefinidamente o por cuánto tiempo ? ¿La cantidad que el SEPE computa es la de la venta o la plusvalia? 
           3ª duda. He tratado de pedir cita previa pero por internet no me dan cita presencial y en el formulario que rellené via web me decía que descargara el modelo de declaración anual de rentas para presentar físicamente en mi oficina del SEPE. ¿Es necesario presentarlo fisicamente pues con la pandemia no me deja?
Muchas gracias por todo.         
#2

Re: Subsidio Mayores 52 años. Devolución de Hacienda y venta de piso

Una devolución de hacienda no es una renta. Fue renta cuando lo cobraste, de esa renta te descontaron un dinero que ahora te devuelven por lo que no es un nuevo ingreso, no tienes que declararlo.
En cambio, la venta de una propiedad si que es un nuevo ingreso y el SEPE computará como ganancia la plusvalía desde que lo compraste/heredaste. Si esa cantidad es superior a 712,5x12 (o el importe sumado a otros ingresos que tengas supera esa cantidad), entonces supondrá la suspensión del subsidio por un mes.
No conozco ningún formulario del SEPE que, al rellenarlo, te diga que tienes que descargar otro papel y presentarlo presencialmente, tampoco conozco ninguna oficina que siga cerrada al público.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos