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Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

38 respuestas
Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE
Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE
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#1

Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Acaban de denegarme subsidio mayores 52 años
Agote una prestacion por desempleo en el 2009 y deje de sellar
Volvi a apuntarme como demandante de empleo en julio del  2018 .
 En el 2019 me concedieron una Rai que ya agote y segun pone en pagina del sepe se puede solicitar una vez agotado subsidio la ayuda para mayores de 52 años
Reuno todos los requisitos , cotizacion a la SS, edad etc etc. pero me dicen que cuando deje de sellar en el 2009 no cumplia con la edad para optar dicha ayuda (ni existia esa ayuda) 
No valoran que soy parada de larga duracion ya que llevo desde julio 2018 sellando.
¿Algun consejo?
Gracias 


#2

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Hola,
Su problema es el no haber estado inscrita como demandante de empleo desde que agotó la última prestación.
La única solución es volver a generar una vía de acceso a este subsidio,  y esto se consigue trabajando con un contrato no menor de 90 días.
Un saludo.

#3

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

El subsidio de mayores de 52 no es una ayuda para parados de larga duración.
Y la RAI no es un subsidio ni siquiera se regula en la misma Ley.
Solo tienes la opción de generar derecho a un subsidio, lo más sencillo trabajar 90 días y entonces te darían el subsidio para mayores de 52 años

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

 
gracias por responderme pero un dato; Respecto a la Rai  hay una sentencia del tribunal supremo que 

Concluye que "la RAI es equiparable a un subsidio por desempleo 

Esta información la saque de la página del sepe 

El subsidio de 52 es como una jubilación y uno de los requisitos es ser parado de larga duración. 
#5

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Gracias por responder 
#6

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

La sentencia a la que alude es para el desaparecido subsidio para mayores de 55 años.
Este subsidio tiene una regulación lo suficientemente diferente para que el SEPE entienda que que no se puede aplicar el contenido de esta sentencia. Si quiere que se le aplique debe ir a los tribunales y crear una jurisprudencia que no existe actualmente.
La jubilación tampoco tiene entre sus requisitos ser parado de larga duración.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Encontrar un trabajo sea el que sea ..ese es el problema ..ósea que está vez permíteme que discrepe...no es lo más sencillo ..si nos dieran trabajo ..ya no nos haría falta la ayuda..

#8

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Gracias otra vez por contestarme
Quizas no me he explicado bien cuando me refiero a que el subsidio para mayores de 52 años, uno de sus requisitos es ser parada de larga duracion y que no es una ayuda, es una especie de jubilacion
Se que para acceder a mi jubilacion, lo que realmente cuenta es lo cotizado en la SS (Y creame que he cotizado años) 
y la sentencia que menciono anteriromente se refiere al subsidio para 52 años no 55 

 
Informacion encontrada en la pagina del SEPE
 
Requisitos para solicitar el subsidio de mayores de 52

El día 12 de marzo de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes en materia de protección social, que modifica la regulación del subsidio para perso-nas trabajadoras mayores de 55 años en los siguientes aspectos: 

1. Se puede acceder a partir de los 52 años en lugar de los 55.2. Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, (consulte en el dorso si es beneficiario o beneficiaria del subsidio extraordinario o de la renta activa inserción) también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

.  Una reciente sentencia del Tribunal Supremo considera que el agotamiento de la RAI debe ser considerado igual que el agotamiento de un subsidio ordinario.

Mi problema tal y como me contestaba otro tertuliano, es el corte en el que dejo de sellar el paro 
Cosa que tampoco entiendo muy bien ya que vuelvo a inscribirme en el Soc, entrego curriculums, hago cursillos etc etc desde hace mas de dos años.
Ahi es donde me referia a parados de larga duracion, segun el sepe se considera un parado de larga duracion cuando se lleva 360 dias inscritos como demandante de empleo.
Le agradezco su ayuda.
Un saludo 
 

#9

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

La Ley (marzo 2019) referente al subsidio de mayores de 52,  indica claramente que se debe estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo, o en su caso contrario, permite lagunas no mayores de 90 días. 
El SEPE le habrá denegado el subsidio por este motivo,  de ahí la importancia de estar inscrito siempre como demandante si se está en desempleo. 
Y está inscripción no solo afecta a este subsidio, sino también a prestaciones de la seguridad social (situación asimilada a la de alta),  que solo se consigue estando inscrito. 
Puede Vd.  intentar presentar Reclamación Previa a su denegación,  pero lo tiene difícil. 
Un saludo. 
#10

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Gracias por sacarme de dudas

#11

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

 
El día 12 de marzo de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes en materia de protección social, que modifica la regulación del subsidio para perso-nas trabajadoras mayores de 55 años en los siguientes aspectos: 

1. Se puede acceder a partir de los 52 años en lugar de los 55.2. Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, (consulte en el dorso si es beneficiario o beneficiaria del subsidio extraordinario o de la renta activa inserción) también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

.  Una reciente sentencia del Tribunal Supremo considera que el agotamiento de la RAI debe ser considerado igual que el agotamiento de un subsidio ordinario. "

¿En qué lugar de la página aparece esto? No lo encuentro en la web del SEPE y supondría un cambio de criterio del que no tengo conocimiento.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#14

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

Pero estas no son páginas del SEPE. Porque alguien lo ponga en su página web no quiere decir que el SEPE tenga el mismo criterio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#15

Re: Duda subsidio mayores de 52 años - SEPE

En ningun momento he dicho yo q el sepe tenga el mismo criterio de hecho no lo tiene...solo cabe la posibilidad de denunciar y el juez decidira