Nadie dice que no esteis en situación de necesidad y vulnerabilidad. Solo que este derecho (derecho con prestación incorporada) ha recojido un "al menos hasta aquí". Pongas donde pongas la frontera (promedio mensual 500, 800, 1.300 €), siempre habría algún caso que "injustamente" queda fuera. Pero algo había que hacer, y mejor algo que puede cubrir al 60 % que no otra cosa que solo proteja al 20 %.
Decía lo de la inteligencia del derecho es que por ejemplo, nadie en tu situación, pero económicamente un poquito más abajo, a resultas de esto va a quedar por encima tuyo. Cosa que hasta ahora, con multitud de prestaciones sí sucedía. Y unos, los que "peinaban" su expediente acreditativo, entraban, y otros, los que no tenían los papeles administrativos adecuados, aun y estando en situación de más necesidad y merecimiento, quedaban fuera.
Este derecho tiene una vía extrordinaria de entrada, en caso de haberos visto afectados por lo del COVID. Es mediante la disposición transitoria tercera, y se reconocería como un a cuenta, pendiente de regularización ya en 2021.
Para esa vía extraordinaria, los limites para vuestro caso son los siguientes:
Límite de rentas en 2019: 13.291,20 (promedio mensual de 1.107,60 €)
Límite de patrimonio: 14.952,60 €
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!