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Subsidio de 52 años

7 respuestas
Subsidio de 52 años
Subsidio de 52 años
#1

Subsidio de 52 años

Muy buenas, mi duda es la siguiente, el pasado 25 de mayo cumpli 52 años, soy parado de muy larga duracion he agotado todas los subsidios incluido el extraordinario el pasado 15 de diciembre, siempre he estado dado de alta como demandante, salvo 3 dias que estuve dado de alta, tengo cotizados 17 años y 7 meses y tengo mas de 2 en los ultimos 15 años.
Hoy por telefono he intentado dar de alta este subsidio y me ha dicho la funcionaria que debo de cotizar en el regimen general al menos 3 meses o haber agotado la prestacion recientemente, le he comentado que creia que tambien el subsidio siempre que no halla dejado de estar de alta como demandante y me ha insistido en lo anterior.
Tengo 2 preguntas:
- La funcionaria tiene razon o puedo solicitar el subsidio?
- Los tiempos de prestacion por desempleo como cotizan como periodos de cotizacion a la jubilizacion se tienen en cuenta dentro de los 15 años minimos que se requieren para cobrar este subsidio?
Muchisimas gracias por vuestra ayuda, espero vuestros consejos, he pedido nueva cita al sepe por si acaso tuviera razon yo.
#2

Re: Subsidio de 52 años

Por lo que dice tendría razón usted.
El requisito es haber estado inscrito como demandante de empleo desde el agotamiento del último subsidio o paro (no vale el extraordinario ni la RAI) hasta el cumplimiento de los 52 años (a excepción de periodos de menos de 90 días o periodos que se trabajó)
Efectivamente el tiempo cobrado de Prestación Contributiva cuenta para los 15 años cotizados para la jubilación.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Subsidio de 52 años

Muchas gracias por responder tan rápido.
El próximo miércoles tengo una nueva cita telefónica con SEPE, puedo exigir que me realicen la solicitud e iniciar el proceso administrativo, porque me imagino que me lo denegarán como a otros compañeros y tendré que presentar recurso a la resolución en caso de ser negativa, lo que tengo claro después de esto es el desconocimiento de la normativa por parte del funcionariado del SEPE, muchas gracias se nuevo y saludos.
#4

Re: Subsidio de 52 años

P.D. He sacado un informe de los periodos de alta como demandante de empleo como apoyo a la explicación de la excepcionalidad de la norma.
Debo de indicar que me acojo a esa excepción cuando lo este solicitando por teléfono?
Gracias de nuevo y perdón por la chapa al resto de compañeros del foro.
#5

Re: Subsidio de 52 años

Nadie se puede negar a recogerle una solicitud. Puede usted solicitar la mayor burrada del mundo que el funcionario se la tiene que coger si es el lugar adecuado donde hacer esta solicitud y Puede usted aclarar lo que quiera en la solicitud, por supuesto, todo ayuda.
Quien resuelva no tiene por que ser la misma persona que le atiende, puede tener más conocimientos y todavía después está el recurso de la reclamación previa, quien resuelve las reclamaciones previas son abogados y se saben las leyes al dedillo (esa es al menos la teoría).

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Subsidio de 52 años

Hola franjgr.
En la declaración de la renta me devuelven 150€ , quería preguntarte si esa cantidad la debo declarar al SEPE en la próxima declaración de rentas.
Un cordial saludo y muchas gracias
#7

Re: Subsidio de 52 años

No, no corresponden a nuevas rentas.
Son unas rentas que tuviste en 2019, que se retuvieron por impuestos y que ahora se te devuelven porque se comprobó que se te había retenido en exceso. El SEPE las tuvo en cuenta en 2019 en el momento en que se produjeron.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: Subsidio de 52 años

Buenas

No sé si incumplo alguna norma reflotando esto, si es así mis disculpas. Estaría bien saber si a Logimo le respondieron y espero que haya tenido éxito porque yo creo claramente que la funcionaria que le atendió estaba equivocada

Saludos