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Prorrogar excedencia

6 respuestas
Prorrogar excedencia
Prorrogar excedencia
#1

Prorrogar excedencia

Si despues de un año quiero prorrogar mi excedencia, puedo hacerlo? me lo han denegado pero segun el estatuto de trabajadores si eres familia numerosa puedes extenderla hasta 5 años incluso en el convenio viene puesto:
 No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se cve: BOE-A-2014-2968 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 68 Jueves 20 de marzo de 2014 Sec. III. Pág. 24019 extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. 5. El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. 
Doy por hecho que esa prorroga se puede extender.
Me lo pueden aclarar...
Gracias 
#2

Re: Prorrogar excedencia

Excedencia CON reserva de puesto de trabajo: si familia numerosa, entre duración inicial más prosibles prórrogas (una o más), puede alargarse hasta 15 o 18 meses.

Excedencia voluntaria o SIN reserva de puesto de trabajo: tiene que durar entre 1 y 5 años. Es distinta e independiente de la anterior. Para tener derecho a ella, debe tener al menos 1 año de antigüedad, y en el caso debe haber pasado al menos 4 años desde la reincorporación de otra excedencia.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Prorrogar excedencia

Si ella quiere prorrogar entonces la actual excedencia la que dura entre 1 a 5 años la podria prorrogar...ella lleva en la empresa 24 años,
#4

Re: Prorrogar excedencia

Si está en excedencia voluntaria, es usual que si la trabajadora lo solicita, la empresa lo conceda. Realmente no le cuesta nada, salvo retrasar la expectativa de reincorporación de la trabajadora.
Pero no hay obligación legal de hacerlo, ni siquiera de justificar porque no se concede.
Puede ser que el convenio colectivo si regule algo al respecto. 

O sea, libre pacto entre las partes, pero decide la empresa. 

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#5

Re: Prorrogar excedencia

Tendrías que mirar el convenio de tu empresa o sector. En el de mi empresa, por ejemplo, pone que las excedencias voluntarias te las pueden denegar si hay varios trabajadores en tu departamento que ya la tienen concedida, según las necesidades de la empresa. 
#6

Re: Prorrogar excedencia

Se la han  denegado por que son unos cafres y te hablo de una empresa importante todos son unos cafres,les importa los números y sus poltrones nada de vocacion y cuidar a su plantilla,todavia queda mucho que recorrer en ese sentido.Cuando aprendan que cuidar a tu plantilla es cuidar la empresa entonces iremos bien.
#7

Re: Prorrogar excedencia

Tampoco es para tomárselo así.
En una situación de excedencia ni cobras, ni cotizas, ni tienes derecho al paro, ni tienes garantizado de forma matemática el regreso (si es voluntaria). Tan solo mantienes una expectativa, y tan solo durante ese periodo de expectativa puedes tener derecho a paro.

Si realmente se necesita ese periodo de no trabajar, siempre se puede pedir una baja voluntaria: no trabajas (idem), no cobras (idem), no cotizas (idem), no tienes derecho al paro (idem), y pierdes ese derecho de expectativa de retorno (No idem).

Entre la situación de excedencia y la baja voluntaria lo único que se diferencia es ese intangible de la expectativa del derecho de retorno, que sí es "algo", pero tampoco es "mucho". Hay que ver cual es la necesidad del asueto, ya que el "precio" es realmente barato.

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