Pida cita previa para el SEPE, pueden pasar varias cosas y aquí nadie tiene los medios para saber las consecuencias en este caso.
Lo primero, sobre el tema de posible sanciones, la oficina de la comunidad donde se ha inscrito debería informarle, puesto que, actualmente, son ellos los que sancionan (o no).
Puede que el subsidio se haya cortado por no estar inscrito como demandante de empleo, en ese caso dejará de cobrar esos días que no ha tenido demanda de empleo y volverá a cobrar cuando vuelve a tener demanda de empleo, no se trata de ninguna sanción. Pero puede ser que no se haya cruzado el dato y que siga cobrando el subsidio con normalidad. Esto sólo puede saberlo acudiendo a su oficina del SEPE, por internet con cl@ve o por teléfono en la oficina virtual, o esperando a ver lo que cobra el próximo mes. Además si el subsidio está cortado no se reanuda hasta que usted pase por el SEPE a informar de que ya vuelve a tener demanda de empleo en vigor.
Otra historia es la sanción que, como le digo, la pone (o no) la comunidad autónoma, los mismos que llevan demandas de empleo y ahí va a encontrar 18 versiones diferentes (17 comunidades autónomas más la versión del SEPE en Ceuta y Melilla), unas sancionan, otras no, unas tardan meses, otras lo hacen rápido... La sanción, en caso de haberla, es de un mes de prestación / subsidio. El SEPE en este asunto lo único que hace es ejecutar la sanción en el momento que la comunidad autónoma le comunica que comunica que hay una sanción que aplicar.
Para haber sanción deben comunicarselo por escrito y darle un plazo para hacer alegaciones.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos