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Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

13 respuestas
Imformacion denegacion de subsidio de 52 años
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Imformacion denegacion de subsidio de 52 años
#1

Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

Buenas tardes, he recibido la carta del SEPE con la denegacion del subsidio de desempleo de 52 años,siendo la causa que no estoy en ninguna de las causas de acceso al subsidio de desempleo,vamos que no me han dado ninguna causa concreta,me puse en contacto con el SEPE para que me dieran los motivos de la denegacion,ya que ellos me confirmaron en dos ocasiones que cumplia todos los requisitos,me dijeron que por telefono o online no me podian dar informacion,que solicitara una cita y se me informaria de los motivos,la cita me la dieron para esta mañana donde me atendio la misma persona que me tramito la solicitud y me dijo despues de tenerme un rato esperando y consultar con sus compañeros,que en el ordenador no le salia ningun motivo,que hiciera la reclamacion previa por escrito,pero como voy hacer la reclamacion sin darme los motivos,y sabiendo que este escrito es importantisimo porque en caso de denegacion es el mismo escrito el que tengo que llevar al juzgado de lo social,por eso como puedo saber el motivo de la denegacion antes de la reclamacion previa,gracias

#3

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

Hola y siento mucho que te hayan denegado el subsidio

El motivo es ese que te han dicho, Para poder ayudarte has de contestar a las siguientes preguntas.

¿ has cobrado prestacion por desempleo y subsidio ordinario?

Has estado apuntado al paro y sellando desde que te pararon?

No has dejado de cobrar algun subsidio por rentas?

 has estado de autonomo despues de cobrar el paro y los subsidios?

 En el caso de que tengas que reclamar, tendras que alegar ( si cumples con los requicitos anteriores o no, algunos bloquean otros aportan ) que tu cumples con todo y aportar los cerrtificados de vida laboral y  de inscripcion..ectr pero eso te lo explico luego.

#4

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

HE COTIZADO 25 AÑOS de los cuales son 10 años por el regimen genaral hasta 1998 y 15 años de autonomo has el 2013,he estado apuntado desde entonces de manera ininterrunpida y sin dejar de sellar hasta dia de hoy,he cobrado dos ayudas a parados de las larga duracion RAI,he  asistido todas las veces que me han requerido en el INEM,no deje de cobrar la ayuda por rentas,y clumplo todos los requisitos respecto a la delaracion de la renta

#5

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

¿ Has cobrado prestacion contributiva por desempleo y el subsidio ordinario antes de las RAIS ?

#6

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

no,cobre mes y medio hace mucho tiempo,entre un trabajo y otro,pero desde que me di de alta en autonomos cuando acabe no tenia paro solo me han dado las dos ayudas RAI

#7

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

El hecho causante que es un requicito impresindible es, Haber cobrado una prestacion contributiva y los subsidios ordinarios despues de haber dejado de trabajar y desde entonces estar sellando el paro ininterrumpidamente, directamente desde las RAIS no vale, lo siento pero es asi.

Como tu NO¡¡ has cobrado una prestacion o un subsidio ( no vale la RAI)  desde que dejaste de trabajar, no te han reconocido el derecho al subsidio, Si tienes alguna pregunta mas aqui estoy... un saludo y mucha suerte

Te pongo una nota informativa del SEPE por si quieres echarle un vistazo, aunque puedes leer directamente el la WEB del SEPE los requicitos.

Aprobadas modificaciones en el subsidio por desempleo para personas desempleadas mayores de 52 años
El día 12 de marzo de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes en materia de protección social, que modifica la regulación del subsidio para personas trabajadoras mayores de 55 años en los siguientes aspectos: 1. Se puede acceder a partir de los 52 años en lugar de los 55. 2. Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, (consulte en el dorso si es beneficiario o beneficiaria del subsidio extraordinario o de la renta activa inserción) también podrán acceder las personas que anteriormente HAYAN AGOTADO UNA PRESTACION O SUBSIDIO POR DESEMPLEO si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

ACTUALMENTE  TENGO 52 AÑOS Y ESTOY COBRANDO EL SUBSIDIO EXTRAORDINARIO DE DESEMPLEO (SED) O ESTOY COBRANDO LA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI) ¿PUEDO COBRAR EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS?
Podrá acceder al subsidio para mayores de 52 años si acredita las cotizaciones exigidas para ello, siempre que ANTERIORMENTE  haya percibido otro subsidio distinto del SED y que, desde entonces, haya mantenido la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida, o con interrupciones inferiores a 90 días naturales o que se deban a la realización de actividad.

#8

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

SI hubiera cobrado el paro antes de darme alta de autonomo,si tendria derecho al subsidio

#9

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

Mmmm¡¡NO¡¡  ...Se exige haber cobrado una prestacion o un subsidio ordinario,  NO antes, SINO despues del ultimo trabajo que hayas estado haciendo y desde entonces estar sellando.

Pero hay una manera de que te concedan el subsidio de 52 años . SI TU TIENES LA EDAD DE 52 AÑOS, CUMPLES CON LAS COTIZACIONES Y TRABAJAS 90 DIAS ( 3 meses) entonces no te hara falta esos requicitos de haber cobrado prestacion o subsidio, ¿ me entiendes ?

Tu encuentras trabajo, si puedes claro, por tres meses minimo y te paran o pides que te paren, no vale irse voluntariamente, entonces ya vas al SEPE y solicitas el subsidio y si que te lo conceden.

#10

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

De todas maneras si quieres hacer la reclamacion , no te  desanimes y hasla, de motivo pones que te la han denegado por no estar en ningun hecho causante pero que a tu entender cumples por haber cobrado una prestacion anteriormente en el pasado y que estas cobrando las RAIS y bla bla bla que cumples con todos los demas requicitos ....ya sabes hay que hacer una buena reclamacion acesorate y no dejes pasar mas de 30 dias para hacerlo. en internet hay modelos para hacer la reclamacion , Yo te voy a poner un ejemplo  para que te hagas una idea, luego tendras que cambiar los textos y tus datos personales..ectr, ectr un saludo y mucha suerte.

#11

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

Muchisimas gracias!!!!

#13

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

Hola Juanmama8830

  Me he suscrito a este Rankia exclusivamente para contestarte a tu pregunta porque puedo llegar a entender y comprender tu nivel de inquietud con el tema del subsidio de 52 años,

DE ENTRADA DESMENTIR TOTALMENTE LO SUSCRITO por EXPUESTO POR JUANMHM, SI QUE PUEDES acceder DIRECTAMENTE (si se cumple el resto de requisitos) al subsidio de 52 años, porque? por que la RAI es ASIMILABLE AL SUBSIDIO , a ti y a todos fijaros en la sentencia del  OJO TRIBUNAL SUPREMO -->  

https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/el-agotamiento-de-la-rai-como-via-de-acceso-para-el-subsidio-de-mayores-de-52-anos.html

En el fallo del supremo hay perlas tan majas como estas --> Tras agotarse la Renta Activa de Inserción (RAI) ya no será necesario cotizar 90 días para acceder al subsidio, sino que se podrá solicitar directamente, siempre cumpliendo los requisitos de cotizaciones, edad y carencia de rentas. 

ASí que ni obligacion de haber acabado PRESTACIÓN , NI SUBSIDIO NI EN SU DEFECTO 90 DÍAS, nada de nada, solo que el SEPE aún no está por la labor y en su pagina oficial no recoge lo plasmado en el supremo así, que si te lo deniegan tendrás que reclamar via reclamación previa amparandote a dicho fallo--> es de fecha  STS Sala 4ª de 27 marzo de 2019. EDJ 2019/563298 ---> fijate tu solicitud creo que es posterior a la fecha del fallo, y ojo si fuera ANTERIOR A LA FECHA DEL FALLO no valdria la reclamación porque no tiene efectos retroactivos, simplemente tendrias que hacer otra solicitud ahora en agosto (fecha posterior a la sentencia del supremo) con fecha de inicio del subsidio de mayores de 52 que en este caso corresponderia a la fecha de solicitud..

 

Espero haberte ayudado, al resto OJO OJO que la gente esta falta de dinero y hay que contrastar estos temas tan serios.

 

Saludos

#15

Re: Imformacion denegacion de subsidio de 52 años

Albertcoa40.

He estado a punto de responderte hace unas horas para agradecerte el detallazo de suscribirte sólo para responder a un usuario (aunque no era mi mensaje el que respondías, me ha parecido "entrañable" el detalle).

Ahora que me respondes a mí directamente, te informo (y por supuesto, te lo agradezco) por si fuera de tu interés o a título de curiosidad. Tras estudiar a fondo mi caso, constaté que yo cumplía todos los requisitos. Por eso, presenté una RECLAMACIÓN PREVIA en la que exponía: "Que demuestro a continuación el cumplimiento de todos los requisitos y causas exigidos en la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la LGSS para obtener dicho subsidio."

Y lo he expuesto (y justificado) punto por punto, haciendo especial hincapié en que los tres días trabajados no eran un obstáculo para cumplir las condiciones, ya que:

"En el supuesto 1º el SEPE aclara (texto literal web de SEPE): “Se considerará cumplido el requisito de inscripción ininterrumpida cuando cada una de las posibles interrupciones en la inscripción como demandante de empleo haya tenido una duración inferior a 90 días, no computándose los periodos que correspondan a la realización de una actividad por cuenta propia o ajena. En el caso de la persona trabajadora por cuenta ajena no podrá acceder al subsidio cuando el cese en el último trabajo haya sido voluntario”.

  • La interrupción de 3 días, antes mencionada, no debe computarse por tratarse de una interrupción inferior a 90 días, y tratarse de una actividad por cuenta ajena. Además, el cese en dicho contrato de 3 días NO fue voluntario, sino por finalización de contrato, como se acredita en el contrato de trabajo, que adjunto como anexo 7 (Contrato de trabajo).

El caso es que a los pocos días, me concedieron el subsidio con carácter retroactivo desde la fecha de la solicitud inicial.

Así pues, gracias otra vez y un saludo