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Emitir Facturas Simplificadas
Buenas tardes Compañeros,
Tengo una duda en lo referente a las facturas simplificadas:
- Una empresa que se dedica a la venta de producto físico a través de call center y web ¿Puede emitir facturas simplificadas?. Me ha hecho dudar este párrafo de la información que he encontrado en la web de AEAT:
No se podrá expedir factura simplificada en las siguientes operaciones:
- Entregas intracomunitarias de bienes (EIB)
- Ventas a distancia.
- Operaciones localizadas en el Territorio de aplicación del Impuesto (TAI) en las que el proveedor o prestador no esté establecido, se produzca la inversión del sujeto pasivo y el destinatario expida la factura por cuenta del proveedor o prestador.
- Las operaciones no localizadas en el Territorio de aplicación del Impuesto (TAI) si el proveedor o prestador está establecido:
- Cuando la operación se entienda realizada fuera de la Unión Europea (UE).
- Cuando la operación se localice en otro Estado miembro (EM), se produzca la inversión del sujeto pasivo (ISP) y el destinatario no expida la factura por cuenta del proveedor o prestador.
Muchas gracias a todos, un saludo.