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Duda trabajador por cuenta ajena y también administrador y socio de una sociedad

3 respuestas
Duda trabajador por cuenta ajena y también administrador y socio de una sociedad
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Duda trabajador por cuenta ajena y también administrador y socio de una sociedad
#1

Duda trabajador por cuenta ajena y también administrador y socio de una sociedad

Hola,

os cuento mi caso,

soy trabajador por cuenta ajena de una empresa (con salario muy alto, pago el máximo porcentaje) pero en mi tiempo libre tengo unas webs de e-comemrce y estaba dado de alta como autonomo pero voy a dejar de serlo por unas cuestiones de responsabilidad.

Ahora voy a crear una sociedad limitada con el 100% de la participación y seré el administrador y me surjen dudas:

¿Me conviene SL o SLU?

Asumo que tengo que estar dado de alto como autónomo al ser administrador, ¿pero si no quiero ganar ningún salario de la sociedad sería legal?

La sociedad no va a tener trabajadores ya que no se necesitan. Tan solo yo tengo que dedicar un par de horas al día (la facturación anual es alta).

¿Qué me conviene hacer para tener la mejor fiscalidad?

Gracias.

#3

Re: Duda trabajador por cuenta ajena y también administrador y socio de una sociedad

Hola  ackwardation16 ,

gracias por el link pero la decisión entre autónomo o SL la tengo claro cxomo comento en el post ya que tengo un salario por cuenta ajena MUY alto (pago el máximo porcentaje).

Mi pregunta es de fiscalidad y legalidad, que me convendría más...:

-Cobrar 0€ como administrador y no ser socio trabajador.

-Cobrar 0€ como administrador y ser  trabajador de la SL con el mínimo salario posible, ¿cuál podría ser?

#4

Re: Duda trabajador por cuenta ajena y también administrador y socio de una sociedad

Hay un documeto que publicó la AEAT, la Nota 1/12, del Departamento de Gestión Tributaria, titulado: CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE ENTIDADES MERCANTILES, que aclara bastante bien al respecto.

(En google aparece fácil)

El resumen, entre lo que dicen en esa Nota, y otra documentación tributaria al respecto, es que salvo las reservas contables legalmente establecidas, la totalidad del resultado contable de la mercantil debe tributar siempre por ISoc y por IRPF.

A que apartado concreto vaya, eso ya depende de la arquitectura económico-legal que establezcas.

Según el caso, puede tributar por ISoc y rendimientos del capital mobiliario, puede ser gasto deducible en el ISoc y tributar en rendimientos de capital mobiliario, puede ser gasto no deducible para el ISoc y re-tributar como renta general en el IRPF, puede ser gasto deducible en ISoc pero actividades económicas en IRPF....

Seguramente así, en genérico, el optimo fiscal sería:

Una estructura del capital 1:3, por cada 1 de fondos propios de la mercantil, 3 de préstamo del socio a la sociedad.

Utilizar al máximo todas las reservas legalmente establecidas, especialmente las fiscalmente bonificadas

El cargo de administrador, gratuito, pero con derecho a resarcimiento de cualquier gasto justificado (para evitar caer en las liberalidades)

Darte de alta en actividades económicas, y facturar a la empresa un porcentaje realista y razonable de tus costes y honorarios profesionales (único medio productivo real de la empresa...).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!