Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

¿Recargo de equivalencia?

4 respuestas
¿Recargo de equivalencia?
¿Recargo de equivalencia?
#1

¿Recargo de equivalencia?

Tengo una pequeña tienda y tengo varias dudas sobre el recargo de equivalencia.

1- Entiendo que este recargo es solo sobre los articulos destinados a la venta, por lo si por ejemplo compro boligrafos con publicidad para regalar a mis clientes, no llevaria R.E, ¿correcto?

2- Venta de minorista a minorista: A veces por el motivo que sea me veo obligada a comprar en alguna tienda online minorista, en vez de a mi distribuidor habitual. ¿Ellos me tendrian que aplicar Recargo?

3- He visto que un distribuidor me ha cobrado sin recargo, y les voy a solicitar que lo modifiquen para que todo sea correcto. ¿les pido que modifiquen las facturas ya emitidas en 2015 ó solo las futuras? ¿tienen que dar algun aviso a hacienda o algo?

4- Si el fabricante me cobra portes, los portes tambien van con recargo, ¿correcto?

Ah, y en caso de que por error alguna factura se declarara sin recargo, veo que hay una sancion de 30€/factura. Pero, ¿de las facturas del ultimo año ó de cuanto años puedes revisar?

Gracias y disculpad por la parrafada.

#2

Re: ¿Recargo de equivalencia?

Hola,

En tu contestación a la primera pregunta, es el proveedor del comerciante el que incluye el recargo de equivalencia en sus facturas, diferenciando lo del IVA soportado,por lo que entiendo que con independencia de si lo vendes o lo regales deberás de soportarlo.

En relación a la segunda pregunta, venta de minorista a minorista, Hacienda entiende que deberá de soportarlo todo minorista que actué de intermediario, con independencia de que su tienda sea física u online.

un saludo!

#3

Re: ¿Recargo de equivalencia?

Gracias por responder.

http://asesoriaonlineajc.com/recargo-de-equivalencia-que-escomo-funciona/

Pero al leer esta web indican :

Es un recargo que se va a pagar junto con el IVA en el momento de la compra de la "mercancía destinada a la venta" :

Es decir, si yo compro material de oficina va con el 21% por lo que entiendo que si compro regalos promocionales, tambien.

Y tambien indican :

Tampoco sera aplicable cuando compremos la mercancía a oro comerciante minorista.

Por lo que a ver si alguien nos puede sacar de dudas...

#4

Re: ¿Recargo de equivalencia?

Si la compra que haces a un minorista se trata ya de por si de un regalo promocional no, pero entendí que compramos una mercancía normal y luego tu en vez de venderla la destinabas a regalar, por lo que creo que si consta así en la compra no habrá problema.

Saludos!

#5

Re: ¿Recargo de equivalencia?

En la venta de minosrista, me refiero a que yo por ejemplo en vez de comprar a mi distribuidor, haga una compra a una tienda online de venta al publico porque esté liquidando ó lo que sea. Y luego ese producto yo lo vendo a mis clientes.
¿En este caso la tienda online me tiene que facturar sin recargo?