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Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

5 respuestas
Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil
Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil
#1

Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

Hola

He creado una aplicacion de movil y esta preparada para que si alguna empresa quiere poner un anuncio contacte conmigo. El problema que tengo es que no se como gestionar su cobro.

Es decir no soy autónomo, y no se si tengo que darle una factura, pero entiendo que como persona fisica no puedo generarle una factura y como tengo que declararlo, etc....

Son principiante en esto.

Alguien puede orientarme?

Gracias

#2

Re: Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

Como persona física, particular, no podrías legalmente emitir factura.

Deberías darte de alta en hacienda, al realizar una actividad económica (cobrar por publicidad se considera una actividad económica).
El epígrafe que te cubre para la publicidad sería el 769.9, de la sección primera.

Lo que cobres, lleva IVA, el 21 %. Debes presentar el modelo trimestral 303 y pagar ese IVA recaudado. Pudes deducirte el IVA soportado, si lo tienes.

Si por la aplicación en sí obtubieses rendimientos, también sería una actividad económica, pero no de publicidad. Correspondería seguramente el epígrafe 845.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

Muchas gracias

La aplicacion es gratuita, solo pretendo cobrar por publicidad.

Por lo que entiendo

1.- Debo darme de alta en hacienda ¿pero como?
2.- Una vez hecho eso puedo emitir facturas
3.- Debo declara el IVA recaudado de la publicidad con el modelo 303, trimestralmente

Solo me queda una duda, como debo darme de alta en hacienda o que tengo que presentar.¿Como tengo que tramitar el alta en hacienda?

Un saludo

#4

Re: Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml

Censos
Modelo 036/037.

El 037 es el simplificado, que ya te sirve.
Con DNIe o certificado FNMT, lo haces telemáticamente en un instante.
Si no, el programa te genera un PDF que luego debes llevar.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

gracias

#6

Re: Cobrar por publicidad en una aplicacion de movil

Te paso mi experiencia por si te resulta de utilidad.
Esta historia comienza un día de octubre 2012-10-27
Asisto a una cita de asesoramiento para emprendedores en …..(Centro de empresas), punto denominado PAIT - Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT)- son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas. Comienza la odísea.

Código CNAE
Llamando al 91 5839265 me dieron el código 6201.
6201º- Actividades de programación informática
EpigrafeIAE
A continuación los detallo
7 de noviembre 2012

Acudimos de nuevo al PAIT para formalizar el alta. Tenemos que llevar copia de DNI, tarjeta S Social y los datos bancarios.
Rellenamos unos formularios del M Industria, Energía y Turismo Centro de Información y Creación de Empresas—CIRCE—
-Solicitamos el Régimen Especial de Trabajadores (RETA)
-Hemos elegido la mutua FREEMAP
-Hemos optado por la cuota de cotización mínima de 850,20, con 15+15 meses de bonificación de un 30% por ser menor de 30 años.
-Código CNAE 6201 actividades de programación informática
-Hemos optado por los códigos IAE 769 (otros servicios de telecomunicación- actividad empresarial) (Me dijeron que si no diseñamos la publicidad corresponde a 769 Otros servicios de telecomunicación, si por el contrario participamos en el diseña de la publicidad sería el 844) y 763 (programadores y analistas informáticos- actividad profesional)
-Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias
-Inclusión en Estimación directa simplificada (IRPF)
-Comunicación de inicio de actividad
-Solicitud alta en el ROI—Fundamental para operaciones intracomunitarias y poder facturar sin iva
-Régimen general
27 de noviembre 2012
Llegan dos notificaciones:
-AEAT - Delegación Especial de Madrid –
La identificación del documento: 2012ROI , se confirma el ALTA en el Registro de Operadores Intracomunitarios con identificación ES+DNI.
Nos habían advertido de posible llamada que no se ha producido finalmente.
-Ministerio de Empleo y S Social --CIRCE—
Nos comunican el alta en el RETA con efectos de cotización de 1/11/2012. La administración de la TGSS que nos corresponde es la 29, en Av/ Europa, 8, Pozuelo tlfn 913526976.
Nos informa de la base de cotización 850,20€
Y condiciones de bonificaciones, mutualidad, actividad económica, etc…
Fremap: Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales excluidos.

21 de Enero 2013
Presentamos por vez primera en AEAT Pozuelo.
A destacar que en el
Mod 303 IVA rellenar casillas 43 (sumas de ingresos extracomunitarios) y casilla 44 (sumas de ingresos intracomunitarios)
Resultado del 4T a devolver de iva 17,12€

Mod 390 IVA resumen Anual
http://www.bbvacontuempresa.es/actualidad/fiscal/funcionamiento-del-modelo-349-de-operaciones-intracomunitarias

casilla 104 hay que reflejar la casilla 43 del Mod 303 (Extracomunitarias).
Casilla 110 hay que reflejar la casilla 44 del Mod 303 (Intracomunitarias).

Mod 349 recapitulativa operaciones intracomunitarias.

Mod 130 IRPF. Cuando hagamos la declaración en mayo 2013 deberemos sumar los ingresos pendientes y aclarar con ellos la minoración del articulo 80 bis que incorporamos en esta declaración del 4T.

25 de Febrero 2013

Mod 347 para operaciones que superen 300,6€
https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1182165-modelo-347-que-como-rellenarlo

He descargado el programa de ayuda de la AEAT para confeccionar el Mod 347 resumen anual de operaciones con terceros que superen los 3006,€. Lo hemos presentado telemáticamente, ya que disponemos del certificado correspondiente. El número de justificante corresponde al
Este modelo refleja en cada trimestre el conjunto total de operaciones con un tercero que haya superado esos 300,6€