Pago a la Seguridad Social
Me ha surgido una actividad como autónomo al margen de mi trabajo. Es una actividad esporádica en la que también valoro la posibilidad de transformar en Sociedad Limitada. Tengo entendido que tendría que nombrarme administrador y pagar la cuota a la Seguridad Social.
La pregunta es la siguiente:
¿Tengo la obligación de pagar cuotas a la Seguridad Social cuando yo ya cotizo por mi trabajo habitual?
¿Hay posibilidad de eludir esa cuota?
¿Hay posibilidad de eludir esa cuota desde autónomos?
¿Hay alguna posibilidad de eludir la cuota a la Seguridad Social en alguna figura empresarial toda vez que yo ya tengo un trabajo del que vivo y sobre el que ya recae mi cotización a dicha entidad?
Ya ven que va de cuotas a la TGSS (RETA) y sigo sin entender la duplicidad de pago cuando ya se cotiza desde una actividad.
A ver si alguno de ustedes me puede sacar de dudas.
Reciban mi agradecimiento de antemano y un saludo para todos.