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Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

7 respuestas
Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil
Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil
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#1

Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

Buenos días,
Estoy pensando iniciar un negocio con una amiga. En un principio valoramos la posibilidad de crear una sociedad civil, dándonos de alta como autónomos.
Ahora bien, el negocio para iniciar su andadura precisará de ciertos activos no corrientes y existencias.
A) ¿Hemos de hacerlos constar en el contrato que regule la sociedad?, o ¿Podríamos constituirla con 1€ y luego ir aportando cada uno a medida que la sociedad lo fuera requiriendo?
B) Al operar en el tráfico mercantil, ¿el contrato puede ser privado o ha de ser público y por tanto inscribible en el RM?
C) La liquidación de ITP, ¿estaría exenta por ser una SC o precisaría ser una SL, para gozar de la exención aplicable desde 2010?.

En conclusaión estamos valorando, que si debemos redactar un contrato, elevarlo a público, e inscribirlo en el RM, Liquidar ITP, no se obtienen muchas ventajas con respecto a una SL, salvo por el hecho de la certificación negativa de la denominación, y que los estatutos resultan mas complejos que el contrato.
Si bien es cierto que las obligaciones formales posteriores son mayores en el caso de la SL, que en el caso de una SC

Es ello correcto. ¿Qué opináis? ¿Qué me recomendáis?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

#2

Re: Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

Una SCP se puede constituir desde 0 €.

Si os interesa, se puede constituir también con un determinado capital inicial, para que sea la propia SCP y no los socios vía préstamo, quien se autofinancie las compras iniciales.

En principio, la constitución de sociedades o ampliaciones de capital está exento de ITPAJD.

No es obligado elevar a público el contrato ni inscribirlo en el RM, salvo que se aporten bienes inmuebles o se trate de una sociedad profesional.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

Muchas gracias por tu rápida contestación.
Si he entendido bien, puedo en el contrato poner una cantidad simbólica y a medida que se necesite, los socios podrían aportar dinero, vía préstamo.
Respecto al tráfico mercantil, sigo teniendo dudas, (perdón por ser tan pesado)ya que entiendo que si la sociedad opera frente a terceros, los pactos deberían ser públicos para conocimiento de todo aquél que se acerque a la sociedad. En definitiva es una sociedad civil con forma mercantil y deberiamos inscribirla, pero no se si no se inscribe que ocurre.
Muchas gracias.

#4

Re: Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

¿Que entiendes por operar frente a terceros?
¿Que la factura a un cliente sea a nombre de la SCP?
¿Que sea la SCP como tal la que adquiera personalidad jurídica propia, diferente y separada de los socios personas físicas, y que como tal persona realice actos y contratos?

Las sociedades no inscritas, incluso las mercantiles, devienen sociedades irregulares. Tributan, según el caso, por el IS como sociedad colectiva, o por el IRPF, por atribución de rentas.

Sobre el dinero necesario para poder empezar a funcionar, en una SCP se puede funcionar estableciendo un fondo social inicial (similar al capital social de una mercantil), se pueden realizar financiación del socio a la sociedad (préstamo), o amparado bajo el compromiso de aportación de industria, adelantarlo los socios personas físicas a cuenta de las ventas futuras. Una vez ya en marcha y operando normalmente, la SCP se puede autofinanciar de su propio giro.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

Efectivamente, que las facturas sean emitidas por la sociedad, que sea la sociedad la que suscriba los contratos, etc.
Muchas gracias por tu inestimable colaboración.

#6

Re: Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

Buenas tardes, Las preguntas son las siguientes:

1 - ¿La responsabilidad de los socios, es proporcional al porcentaje de cada uno en la SCP. o es a partes iguales entre los socios independientemente de su participación en la sociedad.?

2 - ¿En el caso de ser 2 socios, que pasa si uno fallece o deja la scp.? Hay que buscar un nuevo socio ? ¿puede quedar un socio sólo? ó hay que dar de baja la scp. y crear otro tipo de empreas nueva.

Gracias.

#8

Re: Duda sobre la constitución de una Sociedad Civil

1.- La responsabilidad de todos los socios es solidaria. Todos están obligados, ante terceros, por la totalidad de las obligaciones. Internamente entre socios, por supuesto que rige el porcentaje de participación que cada uno tenga.
Si de una obligación X ante terceros, uno de los socios debiera asumir, de inicio, la totalidad de la misma, tendrá acción por la parte excedida ante el resto de socios.

2.- Una SCP es un contrato entre dos o más personas. Fallecida una de las personas, el contrato queda automáticamente extinguido. Lo mismo si una de ellas decide abandonar la sociedad (que no es más que un contrato).
Se puede utilizar la fórmula de la sucesión (subrogación) de los derechos y obligaciones, para dar entrada a un nuevo socio (para mantener razón social, NIF, etc.), aunque lo suyo sería rescisión del contratoexistente, y nuevo contrato. O formular el contrato inicial contemplando ya el aumento y/o disminución de socios-partes contratantes a lo largo del tiempo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!