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Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

10 respuestas
Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social
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Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social
#1

Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

Tengo 64 años y cobro la Prestación por Desempleo para Mayores de 55 años.

En el SEPE me han comentado que en la fecha en la que cumpla los 65 años (es decir el año que viene), finalizará la Prestación por Desempleo. 

Según datos que me dio hace un tiempo la Seguridad Social, me jubilaré cuando cumpla los 66 años. Es decir, hay un año entero en el que no recibiré ningún ingreso y además no cotizare a la S.S.

La cuestión es, en el caso pesimista como posiblemente no encontrare ningún trabajo debido a la edad  ¿cómo puedo resolver ese año que queda entre la finalización de la Prestación de Desempleo y la Jubilación? ¿Que opciones/soluciones tengo?

Gracias por vuestras aportaciones.

 

 

#2

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

creo que no es así después de la modificación legal que se ha introducido con el decreto que baja la edad del subsidio de 55 a 52 años.

Antes de la modificación legal, en cuando alcanzaras la edad de jubilación para cualquier modalidad, incluyendo la anticipada, te cortaban el subsidio y tú ya decidías si te solicitabas la pensión perdiendo la parte correspondiente por jubilación anticipada o aguantabas hasta la ordinaria, pero sin cobrar subsidio.

Ahora, se puede seguir con el subsidio hasta la edad ordinaria de jubilación, que puedes consultar en la tabla de la Seguridad Social:

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28472

En 2020 37 o más años cotizados edad: 65 años, Menos de 37 años:65 años y 10 meses 

En tu caso ya has pasado la edad de jubilación anticipada y sigues con el subsidio, se entiende que el SEPE tendrá que consultar a Seguridad Social cuando cumplas los 65 si cumples los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria, y si no, seguirá pagándote hasta que cumplas los 65 años y 10 meses, o si no alcanzas esta edad en 2020, a los 66 en 2021.

 

 

#3

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

Muchas gracias Bacalo, por la extensa y clara explicación.

De acuerdo con ella y de la Tabla de la S.S., en mi caso que cumplo los 66 años en Junio de 2021, esa seria la fecha de jubilación.

Teniendo en cuenta tu comentario ( "Ahora, se puede seguir con el subsidio hasta la edad ordinaria de jubilación, que puedes consultar en la tabla de la Seguridad Social:"), se deduce que la prestación continuaría entre Junio 2020 (fecha de finalización de la Prestación del SEPE) y Junio 2021 (fecha de Jubilación según la Tabla de la SS que envías).

En este caso las preguntas ahora entonces serian:

1.-Esa prolongación se produce de forma automática o a donde debería dirigirme (SEPE o S.S.) para que se prolongue la prestación ese año.

2.-Una vez arreglado lo anterior, ¿la Prestación sigue siendo contributiva (como hasta ahora)? o ¿debería cotizar ese año para no perder la cuerda de cotización actual que ya tengo y no verme perjudicado en la cuantía de la pension por no cotización de ese año?

¡Muchas gracias por las aportaciones!

 

 

#4

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

chequéalo mejor con el SEPE, pero entiendo que es de oficio, esto es, el SEPE chequea con Seguridad Social si a los 65 se cumplen los requisitos para acceder a la jubilación, y de no ser así, sigue vigente el subsidio, igual que antes chequeaba si a los 61 ó 63 se cumplían las condiciones de jubilación anticipada.

Y seguirías exactamente en las mismas condiciones de cantidad recibida y cotización.

#5

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

Si, tiene todo su sentido lo que escribes. Así que pediré una Cita de contrastación.

Bacalo, ¡Muchas gracias por todas las aportaciones...me han sido de mucha ayuda!

#6

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

Estoy leyendo el nuevo Decreto Ley 8/2019 de Marzo de este año 2019 y veo que han cambiado muchas cosas sobre la edad y otros temas del Subsidio. En concreto el apartado 3 del Articulo 277, que extiende el periodo de subsidio hasta la edad legal de jubilación.

Dice lo siguiente: 

3. En el supuesto previsto en el articulo 274.4 (Trabajadores con derecho a Subsidio), el subsidio se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación;

El SEPE me dijo en Enero 2019, que mi Subsidio finalizaba el día que cumpliera 65 años. Mi edad legal de Jubilación según la Tabla S.S. que puso Bacalo en el link de mas arriba, es 66 años.

Con el cambio de Ley y éste nuevo articulo de Marzo del 2019, interpreto que el SEPE continuará de facto hasta la "edad legal de Jubilación" (hasta los 61 en mi caso)...no se si lo interpreto bien, 

Saludos.

#7

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

es que si fuiste a informarte en enero, todavía no estaba en vigor el nuevo decreto. Como has comprobado, con la nueva norma el subsidio te llega hasta la edad ordinaria de jubilación, en tu caso, 66 años.

Con la norma antigua, te podrían cortar el subsidio ya mismo (2 años antes de la edad ordinaria) si tenías cotizados más de 35 años, por cumplir con las condiciones de la jubilación anticipada por edad del trabajador. Así que lo que te dijeron en enero no era de todo exacto: lo de cortarlo con 65 sería jubilación anticipada cuando esté finalizado el periodo transitorio de implantación de edad ordinaria a los 67, que no será hasta 2027.

#8

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

Hola Bacalo.

Y si llegas a los 67 años de edad con 30 años cotizados (incluida cotización por ayuda mayores 55 años ) cuanto se percibe?

- Hablando en términos que pueda entender, la cotización en la ayuda 55 años es 125% de 430€ que se perciben al mes ?. Antes cotizaba sobre un sueldo neto mensual de 1500€ (25 años)

#9

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

la cotización es por el 125% de la base mínima fijada cada este año; en 2019 sería 125 x 1.050 euros/mes.

Para calcular la pensión, puedes usar el programa de simulación que tiene la Seguridad Social:

https://w6.seg-social.es/autocalculo/

 

#10

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

Para Bacalo.
Buenas tardes, escribo en nombre de mi padre y le planteo el siguiente caso.
Mi padre a día de hoy tiene 64 años, y cotizados:
-15 años en Suiza
-14 años en España (25 sumando los 11 de      subsidio)
-11 años mayores de 52 (al que accedió el 10/2009 con 14 años cotizados y gracias a echar mano de lo de suiza.

La semana pasada pidió información en la seguridad social para saber cuando podía jubilarse y le informaron que en principio a los 65. Pero se llevó en varapalo importante cuando le dijeron que no tenía 15 años cotizados en España, que el subsidio no contaba y que se la tenían que prorratear.

Él pensaba que el subsidio contaba para la jubilación porque en la vida laboral le pone 24 años cotizados. Hai alguna manera de arreglar esto?, 4 meses adiccionales por hijos?, Tiempo servicio militar? O darse de baja en subsidio y subscribir convenio o pagar autónomos?.
Termina el subsidio el 01/02/2021, en el programa autocálculo le aparece edad de jubilación 1/04/2022. 
Si le hacen el cálculo de la pensión prorrata España, es sobre 14 años o 25?

Espero que usted conozca alguna solución factible y perdón por la extensión.

Muchas gracias por el artículo y por el trabajo de asesoramiento que están haciendo
#11

Re: Finalizacion Prestacion de Subsidio y Jubilacion Seguridad Social

La ley general de la Seguridad Social dice:
---------------------------------------------------

artículo 274.4   Podrán acceder al subsidio los trabajadores mayores de cincuenta y dos años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social

Artículo 280. Cotización durante la percepción del subsidio. 

1. La entidad gestora cotizará por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de cincuenta y dos años. 


Las cotizaciones efectuadas conforme a lo previsto en el párrafo anterior tendrán efecto para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y porcentaje aplicable a aquella en cualquiera de sus modalidades, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada. 


En ningún caso dichas cotizaciones tendrán validez y eficacia jurídica para acreditar el período mínimo de cotización exigido en el artículo 205.1.b), que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274.4 ha debido quedar acreditado en el momento de la solicitud del subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos años. 
-----------------------------------------------


es una situación un poco rara, porque por un lado  en su momento sí le tuvieron en cuenta lo cotizado en Suiza para considerar que cumplía las condiciones de acceso a pensión (15 años cotizados) y con ello, poder acceder al subsidio;
pero ahora al jubilarse  van a usar la normativa de la Unión Europea, que también se aplica para Suiza,  para calcular la pensión, y ahi aparecen las 2 formas de calcular la pensión. Cada país le asigna la mejor según sus cálculos:la pensión "europea" y la "nacional", como describo abajo, pero para la nacional deben cumplirse las normas de acceso a la pensión estrictamente con las cotizaciones del país, y tu padre no lo cumpliría.
Y parece que este caso no lo tuvo en cuenta el legislador  en la normativa de S.S española, no sé si habría alguna posibilidad de recurso.

Sobre completar los periodos: Los periodos de cotización por hijos es para las mujeres.
 La mili, actualmente, se permite para cumplir el requisito de 35 años en jubilación anticipada.
Podría ponerse como autónomo, pero sin facturación podrían considerarlo fraude de ley, o que alguien le contratara para servicio doméstico, que la cotización es muy baja.
El subsidio se lo tienen que seguir pagando hasta que alcance la edad de jubilación, no se lo pueden cortar antes.

Sobre el perjuicio que le puede causar: tenéis que mirarlo bien, tal vez el perjuicio es menor del que pensáis.
Entiendo que con Suiza se va a seguir el mismo cálculo que se hace en la Unión Europea: cálculo de la pensión nacional y cálculo de la pensión "europea", que se prorratea según los años trabajados en el país, y se toma la más favorable.
1-A tu padre le ofrecen solo la pensión "europea": se la calculan tomando todos los años cotizados (40), la base se la calculan sobre los últimos 25 (los cotizados en España). Supongamos que sale 100: le corresponde el 100% por los 40 años y la Seguridad Social española le paga la parte proporcional sobre el total por los años cotizados en España: (25/40)x100 = 62,5
-Con la pensión "nacional", que le dicen que no puede acceder por no tener los 15 años: le calculan igualmente sobre los 25 años, sale 100, pero dado que ha cotizado 25 años, le corresponde 75.
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28475/6159
(Suiza hará sus cálculos similares e independientes de los de España, y podrá salir a pagar la pensión "nacional" o la "europea" según su fórmula de cálculo, esto es, no va a ser que le paguen solo la diferencia 100-62,5).

Es decir, parece que perdería en España como un 12% de la base que le calculen, y sería pasar de una pensión de "75" a "62,5" . Si ha estado 11 años con el subsidio, aunque los 14 anteriores cotizara por lo máximo, no creo que le salga en el mejor caso con base máxima durante esos años trabajando más de 1.500 euros de base, por lo que le puede perjudicar 100 y pico euros como mucho, en una aproximación a vuela pluma.