Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Hola a todos, quisiera hacer unas cuantas preguntas en relaciò con este subsidio, seguramente a mas de uno nos vendrà bien las respuestas a las mismas, yo mi parte aportare alguna:
Que obligaciones hay que cumplir una vez que te han aprobado el subsidio?
Una de ellas es que se deberá presentar la RENTA anual, cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los quince días siguientes a aquel en el que se cumpla el período señalado; si alguien sabe alguna mas seria interesante que la indicase.
Como sabeis este subsidio cotiza al 125% sobre la base de cotizacion minima, alguien sabe cual es esa base?
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Para solicitar el subsidio de 52 tienes que cumplir los mismos requisitos que si te fueses a jubilar salvo la edad, para saber si se cumple con dichos requisitos el SEPE pide un informe al INSS, que es el organismo competente, nunca es una valoración que realice el SEPE. en este sentido entiendo que el SEPE este tardando algo mas para contestar a segun que solicitudes.....
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Buenas tardes.
Tengo una duda con respecto al requerimiento de los 6 años cotizados por desempleo.
Tengo 18 años cotizados con contrato fijo discontinuo y entre temporadas he estado cobrando un subsidio por insuficiencia de cotización, pero la contributiva solo la he cobrado durante 5 meses. La cuestión sería si este subsidio contaría para llegar a esos 6 años que requieren.
Agradecería si alguien me lo pudiera aclarar. Gracias.
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
lo que necesitas es haber cotizado 6 años al desempleo como trabajador, no haber consumido la prestación por desempleo durante 6 años. Habiendo trabajado 18 años como asalariado, tienes más que cumplido el requisito, aunque hubiese sido incluso a tiempo parcial, pues para el desempleo cada día trabajado cuenta como 1.
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Termino de llamar al tfno. SEPE, la persona que me ha atendido por lo menos se ha mostrado receptiva. El otro dia comentaba yo una duda que aparecia en el foro ¿Donde se aprueba la prestacion? bueno pues tras la conversacion creo que queda claro, por supuesto no es en Madrid, como a alguien le habian comentado. Segun interpreto por la conversacion digamos que el visto bueno lo da la oficina provincial, pero es un mero tramite, ya que, con independencia de si se presenta por internet o no, el expediente lo documenta la oficina que te toque. ¿Y cual es la evidencia? Pues que yo presente la solicitud por internet, el proximo dia 26 hace un mes y ante mi reiteracion, la persona que me ha atendido se ha puesto en contacto con la oficina de mi localidad y le han dicho que estan esperando que les llegue el Informe del INSS ya que "segun se justifican" con el "cambio del sistema" no lo obtienen telematicamente y tienen que esperar a que les llegue, me comenta que el proceso suele ser de un mes mas o menos. Evidentemente en estas afirmaciones, entiendo que habra mucho de "medias verdades".
Lo que si me queda ahora claro es que la diferencia del tiempo de tramitacion obedece a la calidad profesional de cada responsable de oficina y su implicacion con lo que desarrolla.
En mi caso tengo claro cual es el motivo de la tardanza, justo lo que comento en los dos renglones anteriores, ya que no pertenezco al grupo de personas que hay que interpretar ninguna norma, entraria tanto en el actual criterio como en el anterior.
Por tanto no queda otra esperar, y si pasan los tres meses ¡¡¡A POR ELLOS!!!
Posdata.- A tener en cuenta, con anterioridad esto se resolvia casi sobre la marcha, ahora tarda incluso meses.....el proximo dia 28 hay que reflexionar seriamente y diferenciar entre mejora social y que nos tomen por tontos.
Una cosa que hay que tener clara, por lo que en muchos "circulos y foros" se escucha..... Esto no es ningun obsequio ni nada que se da gratuitamente, ojo por que el matiz es importante. Esta "prestacion" es el resultado de reunir una serie de requisitos entre los que se encuentra uno muy importante "reunir un minimo de cotizaciones". Dicho de otra forma, es algo por lo que previamente se ha tenido que desembolsar y aportar. Por tanto es UN DERECHO ADQUIRIDO Y NO ES ACEPTABLE OTRA CALIFICACION QUE PUEDE SER HASTA OFENSIVA. De hecho, lo que era totalmente irracional es que hasta el pasado dia 13 de marzo, subsistieran dos subsidios los que habian sido aprobados antes del 2013, que disfrutaban de condiciones muy similares a las actuales y los que se aprobaron despues del 2013, algo que sin ser jurista pero con la logica racional como instrumento no tiene posible justificacion, En los cambios normativos de 2011 y 2013 PARTICIPARON POR IGUAL los mismos que ahora se arrojan a la cabeza la normativa como herramienta de conseguir votos, tanto los unos como los otros.
Re: Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Vengo del sepe y después de un buen rato de conversación con la persona q me estaba atendiendo, he conseguido que me dijera q la mayoría de las solicitudes que están en trámite o baja cautelar no se resolverán hasta finales de abril...que está mañana han tenido otra reunión, donde se les ha aclarado casos q están pendientes de resolver.
Al final he conseguido contarle mi caso particular y la he pedido que por favor me explicará porque mi solicitud causaba dudas.
No encontraba ninguna causa y me ha dicho q pasaría nota a su compañera para que la revisara.
La he comentado que había recibido dos aprobaciones distintas y como le ha parecido muy extraño, ha vuelto a entrar en mi expediente y de repente me dice: se la acaban de aprobar ahora mismo!!
Me ha enseñado la aprobación y las nóminas q ya estaban cursadas.
Me ha explicado q este mes cobraré la parte de marzo y abril.
También me ha advertido q recibiré dos cartas.Una indicandome la anulación de la primera aprobación y la otra con la aprobación definitiva.
Mi consejo: id presencialmente..y no os movais de la silla hasta que no os den las explicaciones pertinentes.
Según las persona que me ha atendido las solicitudes que siguen en trámite o baja cautelar son porque no están claras