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Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

292 respuestas
Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
8 suscriptores
Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
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#297

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Hola,
Se hace bastante ameno y útil leer vuestras intervenciones.

Me gustaría saber si podéis precisar lo siguiente : cuando se procede a un embargo, ya firme judicialmente, y el funcionario judicial acude al domicilio del embargado ¿qué es lo que se puede embargar?.

Al sobrino de un vecino le ha llegado una notificación de embargo judicial por una deuda de 250 euros con una empresa de telefonía móvil.

El susodicho no tiene ni coche ni fincas, solo que tiene en el piso de alquiler..la tele y poco mas. Lo que mas le preocupa es que se lleven el ordenador pórtatil de su hija estudiante, su bici de varios años, etc.

Le hemos sugerido que pagase pero se empeña en que es una deuda injusta por llamadas que afirma no haber hecho...en fin. Y, ahora, está empezando a tener paranoias con lo que le puedan embargar.

Gracias por la respuesta.

In saludo.

#299

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Hola Doctoc,

Respecto a lo que se puede embargar, pues casi de todo, la ley establece el siguiente orden:

* El dinero o cuentas corrientes de cualquier clase.

* Los créditos, derechos a corto plazo, títulos, valores o instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.
* Las joyas y objetos de arte.
* Las rentas en dinero, intereses y frutos de toda especie.
* Los bienes muebles o semovientes (animales que puedan tener un valor determinado por sus características, ganaderías, etc.), acciones, títulos o valores no admitidas a cotización oficial y participaciones sociales.
* Los bienes inmuebles.
* Los sueldos, salarios, pensiones e ingresos.

Es decir, prácticamente casi todo, pero siempre se le da preferencia a la liquidez, respecto al portatil de su hija, la ley dice que no se pueden embargar aquellos bienes imprescindibles para ejercer el oficio (supongo que se puede englobar también a estudiar, pero bueno que nunca he visto el caso).

Espero que te haya sido de utilidad mi respuesta, un cordial saludo.

#300

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Como te entiendo, estoy en tu misma situación y no sé que hacer, mi intención es un monitorio, porque es más "suave" pero mi inquilino se ha dado a la fuga sin dar la cara, dejándo las llaves en el buzón y  una nota insultante, me doy con un canto en los dientes porque la casa está limpia y excepto algunos desperfectos la casa esta habitable.

Lo que no tengo, por supuesto, es su dirección, sí dos telefonos, pero no sé si eso bastará para que en el juzgado localicen su domicilio y le envien el monitorio.

Gracias

 

#303

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Perdona que responda tan tarde, lo acabo de ver .....

Por partes:

En tu caso tienes la ventaja de que no precisas de un deshaucio, con lo cual lo único que tienes que hacer es demandar la deuda por monitorio,y lo puedes hacer tu mismo, ya que al no alcanzar los 2.000 €, no es preceptiva la concurrencia de abogado y procurador. 

Ahora bien, si no sabes hacerlo tu mismo, y te vas a encontrar con varios problemas, y tienes que contratar a alguien, los gastos se te van a comer. 

Para empezar probablemente no sepas donde viven ahora, con lo cual te veras obligado a demandarles en el último domicilio conocido, que imagino va a ser el de piso, por tanto demandas ahí a través del juzgado de la localidad, y una vez admitido a trámite, te van a responder que no se localiza al demandado, entonces tendrás que pedir al juzgado que localicen el nuevo domicilio, te mandarían diversa información de domicilios que consten en tráfico, en hacienda o en la Seguridad Social, y puede que no sean todos iguales .... si es de la misma problación, tendrás que pedir al juzgado que les notifiquen en uno de ellos, si estamos otra vez con que no les localizan, pues pides el otro ..... De todas formas si uno lee bien, suele estar la fecha de cada informe, con lo cual si tiene un domicilio de tráfico de 2016 y uno de la SS de 2017. ya sabes a cual hay que pedir que le notifique. 

Si resulta que si tales domicilios son de otro partido judicial, pues a pedir la devolución de los documentos y vuelta a empezar .... es un asunto bastante laborioso, ahora bien si se tiene claro, acabas pudiendo localizar .... 

Como ejemplo te dire que tengo un asunto que he comunicado a 4 poblaciones catalanas, y al final a través de este sistema lo localicé en Ciudad Real !!!! al fin se ha conseguido notificar .... ahora la cosa ya va adelante !!!! .... no, no he ido a Ciudad Real, se ha hecho todo por correo administrativo .... entonces cuando tenga sentencia, nuevo vía crucis .... ejecutar la deuda ...

Pero al final si tienes sentencia, la situación económica de las personas puede variar, y la insolvencia y desempleo de hoy, puede convertirse en un empleo en poco tiempo, entonces vas y embargas nómina.

Todo esto a veces es un tema de perseverancia..... 

 

 

#304

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

No, el teléfono no bastará ....... observa mi respuesta anterior, es un tema de perseverancia .... !!!!!