A ver, en la práctica el IMV inicialmente considera "unidad familiar" a todas las personas empadronadas en una misma dirección... si luego, mediante certificado de Servicios Sociales y/o contrato de alquiler en exclusiva de habitación, se acredita que alguno de los empadronados forma otra unidad familiar, pues eso ya es algo aparte.
En tu caso, lo más simple es que ella solicite ampliar su IMV añadiéndote a ti, y en caso de que le denegasen esa opción (cosa que no harán) pues es que ya ellos mismos te habrían abierto la posibilidad de solicitar tú el IMV por tu cuenta gracias a la exclusión realizada en el IMV a tu tía sobre tu persona ¿entiendes?
Si prefieres a la opción más compleja, pero económicamente mejor para ti, pues ya toca implicar a Servicios Sociales y que os haga (mejor a ambos) un certificado de que formáis unidades familiares diferentes e independientes, y ahí, pues está claro que Servicios Sociales no se chupa el dedo y te pedirán acreditar lo que aducís, ya sea mediante contrato de alquiler en exclusiva de habitación hacia tu persona, cuentas bancarias totalmente separadas, etc. ¿comprendes? ... Inicialmente, la Seguridad Social consideraba estos casos bastándoles una declaración jurada firmada, pero desde hace tiempo crearon conciencia del fraude que se les venía encima de esa forma y prefieren que sea Servicios Sociales mejor quien les acredite el asunto, aunque puede ocurrir que en casos donde ya se percibía el IMV y el titular se empadronase en otra dirección donde ya vivían otras personas, pues comunicándolo y adjuntando el contrato de alquiler de habitación en exclusiva les sirviese, pero no es tu caso porque lo que quieres es que te den un IMV independiente a ti del que ya percibe tu tía.