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Duda Trabajo y IMV - Ingreso mínimo vital

48 respuestas
Duda Trabajo y IMV - Ingreso mínimo vital
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#46

Re: Duda Trabajo y IMV - Ingreso mínimo vital

Buenos días. 
Una pregunta, cómo sabes que si por ejemplo, vamos a poner q una persona q tiene un imv anual de 7900€, gana en el año 2023 - 0€ y en el 2024 pongamos unos 2000€, todo de haber trabajado, entonces serían 2000€ (de rendimiento neto previo casilla 0017 - 2000€) menos (otros gastos deducibles 2000€ casilla 0019)= casilla 0022 - 0€; entonces quieres decir q si sale 0 no sé reduce la cuantía del IMV para el próximo año, estás seguro? No le harían devolver esos 2000€ de otros gastos deducibles?
Tengo entendido que presentaste un reclamación sobre todo esto, y me gustaría preguntarte como has quedado al final, te han contestado? Gracias.
#47

Re: Duda Trabajo y IMV - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes. 
Yo cuando te leí pensaba q tenías toda la razón del mundo, pero siento decirte q no es así del todo.
En mayo recibí una carta en donde me decían q me aplicaban la exención por el incentivo al empleo en unos 4000€.
Ahora en la revisión de octubre me dicen q me aplican solo el incentivo por unos 1900€, y los otros 2000€ me los harán devolver más adelante como cobros indebidos.
¿Por qué deduzco que no te aplican el mecanismo del incentivo al empleo del 60% del total del IMV anual asignado?. Pues muy fácil.
Resulta q yo en el 2023 en la casilla 0003(Retribuciones dinerarias) me aparecen 0€, en la del 2024 - 4200€. 
En mayo me envían carta diciéndome que me aplican el incentivo por casi unos 4000€... ya para empezar de primeras si fuera así q el 60% del IMV anual estuviera exento debido al mecanismo del incentivo al empleo me hubieran tenido en cuenta los 4200€ como cantidad exenta por haber trabajado, no solo los 3900€ q me han tenido en cuenta, puesto q los 4200€ no llegan ni al 60% de 7600€ anuales del IMV.  1er ERROR.
Luego en la revisión de octubre me dicen que no me aplican la exención de los casi 4000€, q me aplican la mitad 1900€, los otros 2000€ me los harán devolver.. y yo me pregunto, ¿a q es debido?
Yo creo q a la hora de aplicar el incentivo, en la revisión de mayo, no tuvieron en cuenta la casilla 0019 y 0022, y en la revisión de octubre si las han tenido en cuenta. 
La casilla 0019(otros gastos deducibles 2000€) ya de por sí no te los deberían restar de tu IMV, puesto q se trata de un derecho como es una deducción, y no de una obligación. Es un gasto general q Hacienda te lo incluye en la declaración sin poder quitarlo, por lo tanto vuelvo a decir q no se trata de un derecho, sino de una obligación impuesta para perjudicar al contribuyente no para favorecerlo a efectos del cálculo del incentivo al empleo... 
No puede ser que en la revisión de octubre esos 2000€ me los quieran hacer devolver como cobros indebidos cuando se trata de una deducción y encima Hacienda no me deja quitarlos, ya q no me perjudica en nada no ponerlos, puesto que la cantidad recibida como retribuciones dinerarias es de 4200€ solo, no me perjudica ni para bien ni para mal, la cantidad que me tendría q devolver Hacienda es la misma... entonces, ¿pq te restan esos 2000€ del incentivo al empleo, y no tienen en cuenta la casilla 0003, 0017 o 00018?. ¿Pq tienen en cuenta esos 2000€ en la revisión de octubre y en la de mayo no? ¿Es legal q tratándose de un derecho y no de una obligación para favorecer al contribuyente, Hacienda no te deje quitarlos, o no incluirlos en la declaración?
Esto me huele muy mal, pero q muy mal 😡😡


#48

Re: Duda Trabajo y IMV - Ingreso mínimo vital

Te bajan la cuantía en unos 2000€ como mínimo cuando hagan la revisión(siempre q no te pases del 60% del total de tu IMV anual) y aparte te los harán devolver en 2 o 3 años como cobros indebidos. Da igual q ganes 5000, 6000 o 7000€ procedentes del trabajo, esos 2000€ te los vas a tener q comer sí o sí 🤮🤮
#49

Re: Duda Trabajo y IMV - Ingreso mínimo vital

A ver, te recuerdo que se están dando casos donde ni aplican bien el incentivo y hay que verlo todo con lupa, ya he visto más de un caso donde el incentivo de la revisión de mayo está más o menos bien aplicado y en la revisión de octubre, siendo los mismos ingresos, cambia y bastante, y haciendo las cuentas está mal aplicado en octubre, como se ha visto en www.rankia.com/foros/economia/temas/7031023-carta-incentivo-empleo-aplicado-revision-mayo-octubre-no-ingreso-minimo-vital?page=5#respuesta_7035611 por ejemplo también.

Cuando recibas tu notificación si quieres lo vemos... pero no me envíes privados que ni los veo y ya me he percatado que tengo varios y todos los respondo igual (si los respondo)

Vete localizando la notificación de octubre 2024, la de mayo 2025, la que recibas ahora en de este ajuste, y los IRPF 2024 e IRPF 2023 de todos los miembros de tu unidad familiar, pero de momento no pongas nada por acá hasta que tengas la notificación última, ya que si evidentemente te coinciden los INGRESOS computados 2024 de esta revisión con los que te pusieron en la notificación de mayo, pero varía el incentivo al empleo aplicado entre ambas notificaciones, está mal calculado casi con seguridad.